baremo indemnizacion accidente

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Más de 10.000 documentos para baremo indemnizacion accidente
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    ... de valoración de daños derivados de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales DISPOS... de pago de una parte de las indemnizaciones. El Título III se refiere a la acumulación de ac..., mediante un sistema específico de baremo de indemnizaciones actualizables anualmente. Final...

  • I: A) Normativa legal vigente y antecedentes. B) Directivas de la Comunidad o Unión Europea. C) Directiva 2000/26/CE, de 16 de mayo de 2000. D) Aplicación del baremo de la Ley 30/1995. E) Objeciones a esa aplicación. F) El libre arbitrio judicial en la aplicación del baremo mostrado por la S. de la Sala 1.ª del T.S. de 27 de marzo de 1997 y las que siguieron su criterio.-II: SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE 29 DE JUNIO DE 2000: A) Fundamentos jurídicos de esta sentencia. B) Votos particulares formulados.- III. comentario a dicha sentencia.-Bibliografía.

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    Accidente laboral. Responsabilidad civil. Indemnización por daños corporales: aplicación orientativa del baremo de circulación. Intereses por demora de la aseguradora del art. 20 LCS

  • El pleno del Tribunal Constitucional ha anulado la aplicación del baremo legal establecido para la valoración de los daños y perjuicios causados a las...

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    ACCIDENTE DE CIRCULACIÓN. INDEMNIZACIÓN. Se recurre la sentencia recaída en un juicio sobre reclamación de cantidad en concepto de indemnización por daños y perjuicios derivados de accidente de circulación. La cuestión se centra en determinar cuál ha de ser el baremo aplicable para valorar los daños sufridos como consecuencia de accidentes de circulación, si el vigente en el momento de la sentencia de Primera Instancia, como sostiene la recurrente, o el vigente en el momento en que tuvo lugar el siniestro, que es el criterio que mantiene la sentencia recurrida. Los daños derivados de accidente de tráfico quedan fijados de acuerdo con el sistema legal vigente en la fecha en que se produjo el accidente, hecho causante del daño; no obstante, a la hora de realizar la cuantificación económica de los perjuicios se deberá estar, a efectos de determinar la indemnización que proceda, al momento en que se produce el alta definitiva del perjudicado. Se estima el recurso y casa la sentencia, procediéndose a fijar el importe de la indemnización mediante la aplicación sistemática de valoración de los daños vigente en el momento del accidente pero calculando las cantidades por los diferentes conceptos indemnizatorios concretados en la sentencia recurrida de acuerdo con los importes resultantes de la actualización que corresponda de aplicar el porcentaje del índice general de precios al consumo correspondiente al año natural inmediatamente anterior al en que acaeció el alta definitiva. Se rechaza la demanda, se estima la apelación.

    ☞ Sentencia Favorable a: Lesionado

  • ... mejor a los trabajadores frente a los accidentes laborales y proporcionen mayor seguridad jurídica... de pago de una parte de las indemnizaciones. El Título III se refiere a la acumulación de ac..., mediante un sistema específico de baremo de indemnizaciones actualizables anualmente. Final...

  • ...DISPOSICIÓN FINAL. BAREMO ANEXO. Orden de 15 de abril de 1969 corregida por ... a enfermedad, común o profesional, o a accidente, sea o no de trabajo. 2. No obstante lo dispuesto ... a hacer constar el importe de las indemnizaciones pagadas por incapacidad laboral transitoria debida...

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    ACCIDENTE DE CIRCULACION. BAREMO APLICABLE. La línea jurisprudencial iniciada por las referidas sentencias de Pleno, que analiza con profusión el estado de la cuestión y las razones que tradicionalmente venían siendo esgrimidas como justificación de cada alternativa, sitúa el nudo gordiano de la polémica en la confusión en que las Audiencias venían incurriendo al equiparar régimen legal aplicable para determinar las consecuencias del siniestro y valoración económica correspondiente al menoscabo resultante de la aplicación de aquel, aspectos que la Sala Primera se esfuerza en diferenciar, con la consecuencia de que el accidente se ha de tomar en cuenta para determinar el régimen legal aplicable, al que habrá que estar para concretar el daño, es decir, las consecuencias de aquel, impidiendo el principio de irretroactividad que cualquier modificación posterior del régimen legal aplicable pueda ir en contra del perjudicado; al mismo tiempo, la cuantificación de los puntos que corresponden según el sistema de valoración aplicable en el momento del accidente debe efectuarse en el momento en que las secuelas del propio accidente han quedado determinadas, que es el del alta definitiva . Con este criterio queda salvado el principio de irretroactividad porque el régimen jurídico se determina en el momento de producirse el daño, aunque su cuantificación pueda tenga lugar en un momento posterior y se salvan también las finalidades perseguidas por la Ley 30/1995, pues ha de valorarse el punto de acuerdo con las variaciones del IPC, evitando hacer recaer sobre los perjudicados las consecuencias de la inflación (fundamento jurídico sexto, común a ambas Sentencias de Pleno de fecha 17 de abril de 2007 ). En primera instancia se estima la demanda. Se estima parcialmente la apelación. Se estima parcialmente la casación.

    ... cantidad en concepto de indemnización por daños y perjuicios derivados de accidente de ...

    ☞ Sentencia Favorable a: Demandado, Demandante, Aseguradora

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    ACCIDENTE. AUTOBUS. INDEMNIZACIÓN. SEGURO OBLIGATORIO DE RESPONSABILIDAD CIVIL. SEGURO OBLIGATORIO DE VIAJEROS. DAÑO MORAL. A consecuencia de las lesiones que sufrió el 9 de mayo de 2003, ocasionadas al caerse al suelo en el interior del autobús urbano en el que viajaba, a raíz de una brusca frenada de su conductor, la perjudicada, que se reservó la acción civil en el previo juicio de faltas, demandó a la empresa propietaria del vehículo y a su aseguradora en reclamación de la correspondiente indemnización, tanto con cargo al seguro de responsabilidad civil del vehículo, como con cargo al de viajeros, más intereses del art. 20 LCS respecto de la compañía de seguros y costas procesales. Procede conceder indemnización a la recurrente con cargo al seguro obligatorio de viajeros, por constituir hechos probados en la instancia que la póliza se encontraba vigente al producirse el accidente, que este ocurrió durante el viaje, que la recurrente estaba en posesión del título de transporte, y que los daños corporales sufridos por la perjudicada tuvieron su causa en alguna de las que enumera el artículo 7 RDSOV -frenazo brusco del autobús en que viajaba-, todo lo cual es bastante para que la recurrente se constituyera en acreedora del derecho a percibir indemnización con cargo a dicho seguro al ser el SOV, por su naturaleza de seguro de personas, un seguro en el que el derecho del perjudicado a ser indemnizado por el daño personal sufrido deriva de la simple concurrencia del hecho objetivo del accidente, al margen de la posible culpa del conductor del vehículo en que viaja, que además, como seguro de suma, tampoco se encuentra sujeto a la exigencia de indemnización concreta del daño, ni a la prohibición de enriquecimiento injusto del artículo 26 LCS , ni a las reglas que rigen el abono de la indemnización en caso de seguro múltiple, resultando compatibles en el ámbito de los seguros de personas el aseguramiento múltiple y cumulativo del mismo riesgo. Se hace lugar parcialme...

    ..., por lo que respecta, en primer lugar al baremo a aplicar al presente accidente de tráfico, debe ...

  • ACCIDENTE DE CIRCULACIÓN. SEGURO. DAÑOS. Es doctrina constante de esta Sala que la interpretación de los contratos constituye función de los tribunales de instancia, por lo que la realizada por estos ha de prevalecer y no puede ser revisada en casación en la medida en que se ajuste a los hechos considerados probados por aquella en el ejercicio de su función exclusiva de valoración de la prueba, salvo cuando se demuestre su carácter manifiestamente ilógico, irracional o arbitrario, o contrario a normas legales sobre interpretación de los contratos, las cuales, sin embargo, no pueden considerarse infringidas cuando únicamente trata de justificarse el desacierto de la apreciación realizada por el tribunal de instancia, pero no se combate una interpretación que contradiga abiertamente lo dispuesto en dichas normas o que sea contraria al derecho a la tutela judicial efectiva por prescindir de las reglas de la lógica racional en la selección de las premisas, en la elaboración de las inferencias o en la obtención de las conclusiones. Se declara no haber lugar a la casación.

    ... finalmente a determinar la indemnización que le corresponde a don Fabio por los daños pers... permanente parcial en cualquiera de sus baremos" y en las condiciones particulares se observa que ...

    ☞ Sentencia Favorable a: Recurrido



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