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se impugnaba la desestimación presunta por silencio administrativo del requerimiento formulado ante las Juntas Generales de Vizcaya para que cumpliese la legalidad en materia de banderas.
... parlamentarias del Estado o de las Comunidades Autónomas y otros órganos no administrativos, pe...
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A pesar de la crisis, la mayoría de las comunidades autónomas mantienen su número de banderas azules en playas
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A pesar de la crisis, la mayoría de las comunidades autónomas mantienen su número de banderas azules en playas
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... banderas y enseñas propias de las Comunidades Autonomas, que podran utilizarse junto a la bander...
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BANDERA NACIONAL. COMUNIDAD AUTÓNOMA. OBLIGACIÓN. Se impugna sentencia que condena a ondear permanentemente la bandera. Los edificios públicos correspondientes a una Comunidad Autónoma han de ondear tanto la bandera autonómica como la de España, ocupando lugar preferente en el interior y exterior de aquellos. Los estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales. La bandera de España deberá ondear en el exterior de los edificios autonómicos. La demanda fue estimada. La casación fue desestimada.
☞ Sentencia Favorable a: Demandante
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... también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos. 3. La riq...2. Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. ...
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LEGALIDAD EN MATERIA DE BANDERAS. Resulta absolutamente inapropiado utilizar como jurisprudencia conculcada la doctrina vertida por las Salas de lo Contencioso Administrativo de distintos Tribunales Superiores de Justicia sobre la materia concernida, Ley de Banderas. No estamos en el ámbito de un recurso de casación para la unificación de doctrina (art. 96 LJCA ) en que si cabe servirse ante este Tribunal Supremo de sentencias dictadas por las Sala de lo Contencioso Administrativo de Tribunales Superiores de Justicia en las condiciones establecidas en la regulación del citado recurso. En el presente supuesto nos desenvolvemos en el marco de un recurso de casación que, dentro de las especialidades contempladas en la LJCA, podría llamarse ordinario en contraposición al de interés de la ley y el precitado de unificación de doctrina. Por ello, en cuanto a la jurisprudencia invocable, sólo es admisible la reputada como tal en el art. 1.6 del Código Civil. Todo lo cual no obsta a que la doctrina emanada de los Tribunales Superiores de Justicia de cada comunidad autónoma constituya la cúspide en su concreto ámbito territorial respecto del correspondiente derecho autonómico mas no acerca de normas de Derecho estatal o comunitario europeo en que, bajo el marco legal actualmente vigente, es el Tribunal Supremo quién ostenta el monopolio hermenéutico a efectos del recurso de casación. Se estima la demanda. Se desestima la apelación.
☞ Sentencia Favorable a: Administrado
Administración territorial › Administración Autonómica › Comunidades Autónomas
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Recurso de amparo 5701-2006. Promovido por don J. A. B. V. frente a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla que desestimaron su impugnación de los Estatutos del Colegio de Abogados de Sevilla.
Supuesta vulneración de los derechos a la igualdad, a la libertad religiosa y a la tutela judicial efectiva: proclamación de la Virgen María como patrona del Colegio de Abogados de Sevilla que no menoscaba la neutralidad religiosa de la corporación.
... tanto a los individuos como a las comunidades, “sin más limitación, en sus manifestaciones, ... también los emblemas, escudos, banderas, himnos, alegorías, divisas, lemas, conmemoracion... de las banderas de varias Comunidades Autónomas y en los de numerosas provincias, ciudades y pobla...
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... competencias que correspondan a las Comunidades Autónomas en esta materia de acuerdo con lo que d... durante las mismas, por los lemas, banderas u otros signos que ostenten o por cualesquiera otr...
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... BANDERAS Y ENSEÑAS PROPIAS DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS, QUE PODRAN UTILIZARSE JUNTO A LA BANDER...