FJ 2º La parte apelante se alza frente a la sentencia de instancia, solicitando su revocación, para que en su lugar se dicte otra en la que tras admitir el recurso contencioso-administrativo interpuesto estime la demanda y acuerde otorgar la autorización de enganche solicitada; y en apoyo de tales pretensiones esgrime los siguientes motivos de impugnación:
1º).- Que procede la admisibilidad del recurso porque no es cierto que el mismo se haya interpuesto de forma extemporánea, y ello, porque de conformidad con lo dispuesto en el art. 59.2 y 4 de la Ley 30/1992 no puede considerarse que la sentencia fuera notificada y menos aún por los cauces legalmente previstos, y ello por lo siguiente:
a).- Primero, porque, infringiendo el citado art. 59.2, la notificación se intentó llevar a efecto...
... la resolución de la Alcaldía de Sotosalbos de 17 de abril de 2008 relativa a no autorización...Ayuntamiento de Sotosalbos (Segovia), defendido por el letrado ...