-
-
-
DELITO DE LESIONES Y MUTILACIÓN GENITAL. Los procesados extranjeros, puestos de común acuerdo bien directamente o bien a través de persona de identidad desconocida pero contribuyendo eficazmente a tal fin, extirparon el clítoris de su hija menor motivados por sus creencias religiosas y culturales, siendo conocedor el procesado de la prohibición de esta práctica en su país de residencia, conocimiento del que carecía la procesada. Como consecuencia de estos hechos la menor resultó con lesiones consistentes en amputación de clítoris con cicatriz lineal con secuelas en su capacidad sexual, no imposibilitando la relación sexual pero sí alterando el placer sexual. El acusado tenía conocimiento de la antijuridicidad de su conducta pero no la aceptó como tal por el peso que tuvieron en él sus creencias o la presión de su grupo social, lo que no tiene encaje en el error de prohibición. En el caso de la madre procesada, atendiendo a la posibilidad que tuvo de consultar con su esposo la licitud de su actuación resulta claro que no puede considerarse como invencible el mencionado error, sino fácilmente vencible. Se condena a los acusados como responsable en concepto de autores de un delito de lesiones y mutilación genital previsto y penado en el artículo 149.2 del Código Penal.
AUDIENCIA PROVINCIAL DE TERUEL. ROLLO PENAL Nº 12/2011. SUM...
-
-
Recurso de amparo 6229-2006. Promovido por don S.G. Insa frente a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Teruel que, en apelación, le condenó por un segundo delito de apropiación indebida.
Vulneración de los derechos a un proceso con garantías y a la presunción de inocencia: condena pronunciada en apelación sin haber celebrado vista pública (STC 167/2002); insuficiencia de la grabación audiovisual del juicio oral (STC 120/2009); elemento subjetivo del injusto apreciado valorando la declaración del acusado.
-
FJ 2º lugar que esos trabajos no fueran objeto de cobertura". Frente a dicha resolución se alza ahora la parte actora alegando que existe prueba bastante para considerar acreditado que los trabajos cuyos conceptos figuran en la factura aportada con la demanda fueron realmente ejecutados y que no estaban incluidos en la póliza de seguro que había concertado el propietario de la vivienda con Nacional Suiza, sin que aquél pusiera obstáculo, impedimento u oposición alguna a la realización de dichas obras, por lo que debe satisfacer su importe. La parte demandada interesa la confirmación de la resolución apelada.
SEGUNDO . Para la resolución del presente recurso de apelación debe partirse del siguiente hecho: ocurrida la rotura de unas tuberías en la vivienda del demandado Sr. Fabio, é...
AUDIENCIA PROVINCIAL DE TERUEL. ROLLO DE APELACIÓN CIVIL N...
-
Recurso de amparo 6377-2005. Promovido por don R.R. respecto a las Sentencias de la Audiencia Provincial y del Juzgado de lo Penal de Teruel que le condenaron por delito continuado de robo con fuerza en las cosas.
Supuesta vulneración de los derechos a la inviolabilidad del domicilio, a un proceso con garantías y a la presunción de inocencia: entrada y registro autorizada por el propietario del piso donde moraba en precario el acusado (STC 22/2003); testimonio irrelevante para la condena y prueba indiciaria de cargo.
-
FJ 2º lugar, porque no pueden equipararse los procesos matrimoniales al resto de los procesos, ya que la especial naturaleza de los intereses en juego en los mismos, los hacen trascender de una mera contienda privada, como lo pone en evidencia la intervención obligatoria del Ministerio Fiscal en los mismos, cuando existen hijos menores o incapacitados, o en las facultades otorgadas al propio Juzgador, le permiten incluso introducir en la sentencia pronunciamientos no pretendidos por las partes.
VISTOS los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.
Desestimando el recurso de apelación interpuesto apelación por el por el Procurador D. Luis Barona Sanchís, en nombre y representación de D. Fructuoso, contra la sentencia del Juzgado de Primera Inst...
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1. TERUEL. SENTENCIA: 00030/2012. AUDIE...La Audiencia Provincial de Teruel, integrada para este asunto p...
-
FJ 2º término, pretende la parte recurrente, de forma subsidiaria, que se le rebaje la pena impuesta atendiendo al valor del desplazamiento patrimonial, y que no ha existido falsedad documental. La sentencia recurrida califica la conducta del acusado como un delito de estafa del Art. 248 del C. Penal, calificado por la concurrencia de la circunstancia segunda del Art. 25, y por ello impone la pena de tres años y seis meses de prisión. . El Art. 250. 2 del C. Penal establece que el delito de estafa será castigado con las penas de prisión de un año a seis años y multa de seis a doce meses, cuando se perpetre abusando de firma de otro, o sustrayendo, ocultando o inutilizando, en todo o en parte, algún proceso, expediente, protocolo o documento público u oficial de cualquier clase. Pues bi...
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1. TERUEL. SENTENCIA: 00016/2012. AUD.P...La Audiencia Provincial de Teruel, integrada para este asunto p...
-
FJ 2º Por lo expuesto el recurso de apelación ha de ser desestimado declarando de oficio las costas causadas por el recurso de apelación.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación.
no haber lugar al recurso de apelación presentado por Zaira contra la sentencia dictada el 4-1- 2012,
por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Teruel, en los autos de juicio de faltas seguidos con el número 145/2011 y como consecuencia:
1º Debo reconfirmarla y la confirmo íntegramente.
2º Se declaran de oficio las costas causadas por este recurso.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. ...
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1. TERUEL. SENTENCIA: 00010/2012. AUDIE...Visto por la Audiencia Provincial de Teruel, constituida en Tribunal Unip...