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La Audiencia Provincial de Gerona ha condenado a un facultativo por un delito de imprudencia al no ordenar la intervención urgente de una paciente que falleció por una isquemia intestinal.
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... De la Audiencia Nacional CAPÍTULO III. De los... De las Audiencias Provinciales CAPÍTULO V. De los Juzgados d... de Barcelona, Tarragona, Lérida y Gerona. 2. La competencia para tramitar y decidir en prim...
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RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO. SENTENCIA PENAL ABSOLUTORIA. De la argumentación contenida en dicha sentencia debe concluirse que es certera la conclusión del Tribunal "a quo" pues no nos hallamos en presencia de ninguno de los dos supuestos de inexistencia objetiva o subjetiva a que se refiere el art. 294 LOPJ., supuesto este último al que se refieren los actores en ambos motivos de recurso y que no puede ser aceptado, por cuanto la absolución de estos como claramente se razona en la sentencia penal, son las dudas generadas sobre su participación en los hechos, dudas que la Audiencia Provincial de Gerona califica de "serias". Se desestima el recurso contencioso administrativo. Se desestima la casación.
☞ Sentencia Favorable a: Ministerio Fiscal
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CONTRATO DE SUMINISTRO DE TELEFONIA MOVIL. DEUDA. ACREDITACION. Y en este aspecto este tribunal entiende, en consonancia con lo argumentado anteriormente por distintos tribunales como la Sección 18ª de esta Audiencia Provincial de Madrid en su Sentencia de 3 de febrero de 2009 con cita de las Sentencias de la Audiencia Provincial de Gerona de 19 de octubre de 1998, Barcelona de 15 de julio de 2002, Barcelona de 31 de mayo de 1999 y Madrid de 20 de julio de 1998, que la aportación de los recibos emitidos por Telefónica (pese a ser documentos unilateralmente confeccionados por la Compañía) se consideran suficientes para considerar acreditada la deuda reclamada al considerar que a Telefónica no le queda más remedio para acreditar el consumo telefónico que acudir a los recibos que emite la propia telefónica porque esa es la forma convenida de liquidar las relaciones económicas entre la compañía suministradora y su cliente. En primera instancia se estima parcialmente la demanda. Se estima la apelación.
☞ Sentencia Favorable a: Suministrador
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DELITO DE ABUSO SEXUAL. CONSENTIMIENTO. MENOR DE EDAD Se reclama contra la sentencia que condena al acusado como autor de un delito de abuso sexual con acceso carnal por vía bucal. El acusado era "sabedor de la minoria de edad de la mujer", cuando tal elemento no forma parte del párrafo 2º del art. 181, pues en él se hace referencia a la minoría de 13 años, para presumir la ausencia de consentimiento, por cierto requisito, el de la edad, suprimido en la reforma del art. 181 C.P. producida por la L.O. 5/2010. No resulta clara la ausencia de consentimiento, porque fue la joven quien accedió a casa del acusado, aunque afirmó era simplemente para pedirle disculpas por el comportamiento del día anterior. Este último hace pasar a la casa a la muchacha, decisión lógica dado el frío que debía hacer en diciembre. Después cerró la puerta de la casa. Después de excluir cualquier matiz coactivo o intimidatorio en la petición del acto sexual, se expresa en la sentencia que al insistir el acusado la joven accedió al acto sexual, y lo hizo por no saber que hacer al desconocer donde se encontraba la llave de la puerta, justificación poco convincente, pues las llaves de la puerta lógicamente estarían en poder del acusado o depositadas en el lugar de la casa en el que tuviera por costumbre guardar, lo que no debió impedir que la ofendida le solicitara la apertura de la puerta porque quería abandonar la casa, lo que no hizo en momento alguno. Se hace lugar al recurso de casación.
... , contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Gerona, Sección Tercera, que le con...
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... por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Gerona, como consecuencia de autos d...
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... Leon , contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Gerona, Sección Cuarta, con fecha t...
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..., Comunidades Autónomas insulares no provinciales, y consejos y cabildos insulares. En cuanto a la c... Judicial Presidente de la Audiencia Nacional (no magistrado del Tribunal Supremo) ...• Aeropuertos de Bilbao, Fuerteventura, Gerona, Ibiza, Lanzarote, Menorca, Santiago, Sevilla, Ten...
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ROBO VIOLENTO EN CASA HABITADA. Se reclama contra la sentencia que condena a los acusados como co-autores de un delito de secuestro en concurso medial con un delito de robo con intimidación y uso de armas. Los acusados allanaron el hogar de la víctima, vulnerando el sagrado respeto que merece la intimidad de la vivienda familiar que constituye el domicilio de la víctima, circunstancia que no va implícita ni en el robo ni en el secuestro, ya que los hechos pudieron haberse producido en local o establecimiento no dedicado a vivir, o incluso fuera de cualquier edificación. No debemos pasar inadvertida la reforma operada en el Código Penal (L.O. 5/2010 de 22 de junio) con la introducción de un párrafo en el art. 242 C.P. que describe un tipo cualificado, fusionador de los bienes jurídicos, patrimonio, libertad e intimidad, concretamente el robo violento en casa habitada (par. 3 del art. 242 C.P .). Ello hace que bien reputándolo un delito independiente, dada la fecha de la comisión de los hechos (art. 202-2 C.P . por las amenazas y armas utilizadas para permanecer en la vivienda que también sirvieron para facilitar el robo y la detención ilegal) o bien considerando el subtipo agravado (art. 242-3º C.P .) el delito se halla en concurso medial con el robo y la detención ilegal. No se hace lugar al recurso de casación del acusado.
... , contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Gerona, Sección Tercera, que le con...