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La Audiencia Provincial ha admitido los recursos interpuestos contra el auto de procesamiento dictado en enero.
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GuadalajaraEl incendio de Guadalajara, que en julio de 2005 acabó con la vida de 11 trabajadores forestales y calcinó 13.000 hectáreas, ha quedado red...
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CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VIVIENDA. DEMANDA DE CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL. OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA. El posible retraso es más bien de naturaleza administrativa, pero no apto para justificar la resolución promovida, pues para que pueda considerarse retraso eficiente es necesario su prolongación a lo largo del tiempo careciendo de toda justificación, y acreditando por sí una voluntad inequívocamente obstativa que viene a frustrar decisivamente el fin económico del contrato . Es decir y como viene sosteniendo esta Audiencia, el artículo 3 de la ley especial no dota a la acción resolutoria que se ejercita en él amparada de una suerte de automatismo, exigiendo por el contrario en el incumplidor una voluntad inequívocamente obstativa que frustre decisivamente el fin económico del contrato. Desestimaremos también este motivo impugnatorio. En primera instancia se desestima la demanda y se estima la reconvención. Se estima en parte la apelación.
☞ Sentencia Favorable a: Reconviniente
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La Audiencia de Guadalajara estima que los peritos no deben entrar en conclusiones jurídicas sino limitarse a las valoraciones técnicas de lo ocurrido en el incendio de julio de 2005 en el que murieron 11 miembros de un retén. Por ello ha revocado parcialmente una resolución de la juez del caso y ha decidido que se incluyan en un nuevo informe los testimonios de quienes intervinieron en la extinción y las grabaciones.
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La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo notificó ayer una sentencia por la que condena a dos empresarios de Sigüenza (Guadalajara) como autores de un delito contra la libertad y seguridad de los trabajadores, por su relación con un argelinoa la espera de regularizar su situación en España, al que obligaron a firmar y cumplir un contrato como "esclavo". El Supremo anula el fallo de la Audiencia de Guadalajara que absolvió de dicho delito a los acusados y rebate los argumentos en los que se basó, entre otros, que los inmigrantes ilegales carecen de derechos laborales.
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El tribunal imputa a los tres excursionistas que prendieron la barbacoa como causantes del fuego que provocó 11 muertos
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FJ 2º de la LEC, lo cual no significa que frente a ellos pueda dictarse pronunciamiento absolutorio o de condena, pues dicha eventualidad dependerá de la actitud procesal que haya mostrado frente a los mismos la parte actora en el proceso toda vez que si la accionante no dirige su acción frente a dichos terceros, el único efecto de la declaración de responsabilidad se proyectará en un hipotético ejercicio futuro de acciones de repetición por parte de la aquí demandada, mas no en la ejecución de esta resolución contra esos terceros, pues mal puede ejecutarse un pronunciamiento que no contempla condena por no interesarse por el único que se encuentra legitimado para ello, a saber, la parte demandante. Así lo entiende también la Sentencia de fecha 10 de abril del año 2.006 de la A.P....
...VISTO en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial de GUADALAJARA, los Autos de PROCEDIMIE...