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ACCIÓN DE RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. DIFERENCIAS SALARIALES. SOLIDARIDAD. Es doctrina jurisprudencial consolidada la de que, tanto en el supuesto de que se trate de exigir del empresario una responsabilidad contractual como extracontractual derivada de accidente de trabajo, el plazo de prescripción de la acción es el de un año, tal como establecen los artículos 59.1 del ET y el artículo 1968.2 del Código Civil , sin que sea de aplicación el plazo de cinco años previsto en el artículo 54 y actualmente en el artículo 43 de la Ley General de la Seguridad Social , pues el mismo se refiere al reconocimiento del derecho a percibir prestaciones de la Seguridad Social, cual ocurre en los casos que cita el propio recurrente de recargo por falta de medidas de seguridad o defectuosa asistencia sanitaria, y en modo alguno puede ser de aplicación al presente supuesto en que no se reclama ninguna prestación de Seguridad Social, sino la responsabilidad civil en que hubiera podido incurrir el empresario como consecuencia del accidente de trabajo sufrido por el actor. En primera instancia se estima en parte la demanda. Se estima la suplicación.
... /2007 interpuesto por IZAR CONSTRUCCIONES NAVALES S.A, ATEIN NAVAL,S.A. (ATENASA), NAVANTIA,S.A., Ce...
☞ Sentencia Favorable a: Empresa
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...a de Industria y ComercioPGIDT01TIN27EAtein Naval, Atenasa Sistemas Ecológicos, S.L.B815277450%39.3...
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... IG100.2010.1.26. Atein Naval Atenasa Sistemas Ecológicos, S.L. Axudas ...
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FJ 2º Bajo la vigencia de la antigua Ley de Enjuiciamiento Civil, a propósito de las excepciones de incumplimiento contractual ("non adimpleti contractus") y de cumplimiento contractual deficiente o defectuoso ("non rite adimpleti contractus") fue reiterado criterio de esta Sala el de que sólo la primera puede identificarse con el incumplimiento frontal oponible con éxito en juicio cambiario ejecutivo, "ex
artículo" 67 de la Ley Cambiaria y del Cheque
, mientras que la inviabilidad del defectuoso cumplimiento en que consiste la segunda en dicha vía ejecutiva, salvo excepcionales casos en que el defecto de cumplimiento fuere de tal gravedad y trascendencia que diere al traste con la global finalidad económica perseguida por la contraparte exonerándola de su propia obligación s...
..., y de otra, como demandada y hoy apelante ATEIN NAVAL ATENASA SISTEMAS ECOLÓGICOS, S.L., represe...
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FJ 2º SE ACEPTA POR REMISION.
A tal fin, parece razonable señalar como la jurisprudencia del Tribunal Supremo ha reconducido siempre la valoración de la prueba a una operación que se ha de realizar por medio dei razonamiento y, que por tanto, ha de estar regida por criterios de racionalidad, tal como establece el Articulo 717 de la
L.E.Criminal para las declaraciones testificales.
En tal sentido la STS de 14 de Marzo de 1990, estableció que la sente...
... comprado en Gran Bretaña por la mercantil Atein Naval S.A en anagrama "Atenasa " y arrendado a su ...
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FJ 2º La sentencia de instancia estima de oficio la falta de legitimación pasiva de la Mutua al entender que no resulta de aplicación al supuesto litigioso la redacción dada al artículo 68.3,apartado a) de la LGSS por Ley 51/2007, en su disposición adicional octava, y ello porque la entrada en vigor de la referida modificación es posterior a la fecha del hecho causante. Ante tal pronunciamiento, y con amparo en el artículo 191 a) de la LPL la Mutua solicita que se declare la nulidad de la sentencia de instancia al entender que al no reconocérsele acción para impugnar la resolución administrativa del INSS se le causa indefensión, y que el pronunciamiento cuestionado infringe el art. 218 .1 de la LEC en relación con el art. 24 de la Constitución Española, en relación con la Orden...
..., MUTUA GALLEGA DE ACCIDENTES DE TRABAJO, ATEIN NAVAL,S.A. (ATENASA), NAVANTIA S.A, ASEPEYO, MUTUA...
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...725292 - AGRICOLA NAVALCABALLO SOCIEDAD LIMITADA(2010). 725293 - AGRO AYON SL(201...725817 - ATECLIMA SL(2010). 725818 - ATEIN NAVAL ATENASA SISTEMAS ECOLOGICOS SL(2010). 725819...