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... La deuda tributaria SECCIÓN I. La cuot...c) La asunción liberatoria de la deuda de otro sin contraprestaci...
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I La transmisibilidad de las obligaciones: posición de los sistemas alemán y francés. - II. Concepto. - III. Naturaleza jurídica. - IV. Distinción de figuras afines: - 1. De la novación por subrogación del deudor - 2. De la estipulación a favor de tercero - 3. Del pago hecho por tercera persona. - 4. De la fianza. - V. Modalidades: -1. Asunción de la deuda acumulativa. - 2. Asunción de deuda liberatoria: -2.A) Asunción por expromisión. - 2.B) Asunción por delegación. - 3. Asunción de deuda interna y externa. - VI. Elementos: - 1. Elementos personales. - 2. Elementos reales. - 3. Elementos formales - 4. La causa. - VII. Supuesto de compraventa de finca hipotecada: exa...
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"Aliquid Novi" - 2. "Animus Novandi" - 3. Asunción de deuda liberatoria o acumulativa - 4. Cambio de acreedor y sus formas - 5. Cesión de créditos - 6. Delegación activa de la deuda - 7. Delegación pasiva de la deuda. Modalidades - 8. Expromisión - 9. Fases de la relación obligatoria - 10. Modificación de la relación obligatoria - 11. Modificación objetiva de la obligación - 12. Modificación subjetiva de la obligación - 13. Novación extintiva o propia - 14. Novación mixta - 15. Novación modificativa o impropia - 16. Novación objetiva - 17. Novación subjetiva - 18. Subrogación del crédito
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INCONGRUENCIA: no concurre cuando se desestiman implícitamente las excepciones formuladas en el escrito de contestación. INTERPRETACION CONTRACTUAL: debe prevalecer la realizada en instancia siempre que no fuera ilegal, arbitraria o contraria a las pautas de raciocinio lógico. CUESTION NUEVA: lo es la planteada por primera vez en el escrito resumen de pruebas del art. 701 LEC 1881. No puede alegarse en casación. ASUNCION LIBERATORIA DE LA DEUDA: requiere el consentimiento del acreedor.
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... masa hereditaria y para la deducción de deudas del causante puestas de manifiesto con posteriorid...f) La asunción liberatoria de la deuda de otro sin contraprestaci...
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...f) La condonación de deuda, total o parcial, realizada con ánimo de liberali...i) La asunción liberatoria de la deuda de otro sin contraprestaci...
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CONTRATOS. INTERPRETACIÓN. BUENA FE. PROCEDIMIENTO. La jurisprudencia tiene reiteradamente declarado que, salvo que sea arbitraria o ilógica, debe estarse a la interpretación del contrato formulada en la instancia ( SSTS de 18 de octubre de 2006, RC n.º 5006/1999 , 21 de noviembre de 2008, recurso 2690/2002 , de 20 de marzo de 2009, recurso 128/2004 ), sin que sea posible el mero planteamiento ante este Tribunal de una interpretación alternativa a la efectuada por la Audiencia Provincial (SSTS de 18 de octubre de 2006, RC n.º 5006/1999). Como indica la STS de 30 de marzo de 2007, RC n.º 1474/2000 , el objeto de la interpretación contractual se desdobla en dos partes: la fijación de hechos, quaestio facti[cuestión de hecho], y la aplicación de las normas valorativas o interpretativas o quaestio iuris[cuestión de Derecho]; el punto de partida de la interpretación es la letra del contrato, tal como dispone el primer párrafo del artículo 1281 CC ( STS de 30 de septiembre de 2003 ) y, por consiguiente, debe estarse al sentido literal de las cláusulas cuando no dejan dudas sobre la intención de los contratantes ( STS de 28 de junio de 2004 ). El artículo 1282 CC solo entra en juego cuando por falta de claridad de los términos del contrato no es posible aclarar, a través de ellos, cuál sea la verdadera intención de los contratantes
...se compromete a la cancelación de la deuda que COVALEDA INDUSTRIAL MADERERA, mantiene con Uds... existió una voluntad favorable a la asunción cumulativa; c) la interpretación del documento pr... discute si se trata de una asunción liberatoria de la deuda original o bien se trata de una asunci...
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Resulta innegable que vivimos un momento de sobreendeudamiento hipotecario de los consumidores. Los desafortunados resultados a que conduce la ejecución hipotecaria de la vivienda familiar, llevan al deudor a ofrecer a la entidad crediticia en pago del crédito hipotecario su vivienda familiar, solución que también beneficia a la entidad crediticia. Pero surge la duda de si tal dación en pago no infringe la prohibición del artículo 1859 del Código Civil relativa al pacto comisorio. Las circunstancias concretas en que se verifique la dación conducirán a una respuesta bien afirmativa, bien negativa.It is undeniable that we live at a time of consumer overmortgaging. Foreclosing on the family home leads to unfortunate results, inducing borrowers to offer the family home to the lending in...
... aumento de daciones en pago de la deuda hipotecaria contraída con las entidades de crédi... no admiten la dación en pago como liberatoria de la totalidad del crédito, sino solo por el im... del acreedor a fin de que la asunción de deuda sea liberatoria para el anterior deudor y...
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CONTRATOS BANCARIOS. CLÁUSULAS ABUSIVAS. PROTECCIÓN CONSUMIDORES Y USUARIOS. Se establece que la cláusula no distingue a quien sea imputable la imposible constitución de la hipoteca; es cierto que la hipoteca como garantía de la devolución del préstamo puede ser condicionante de la concesión de éste, pero no cabe hacer recaer exclusivamente sobre el prestatario la circunstancia de que la hipoteca prevista no se pueda constituir. El problema de la cláusula es que recoge la facultad del banco de resolver el préstamo si no pudiera registrarse el documento de hipoteca por cualquier motivo, incluso los ajenos al cliente, y que no tiene en cuenta que es de la Entidad Financiera la carga o diligencia de hacer las comprobaciones pertinentes en el Registro antes de suscribir el préstamo; lo que se deduce de la cláusula es que la prestamista no responde en ningún caso, ni siquiera cuando el error deriva de la actuación de sus agentes, y esto es ciertamente desproporcionado, y, por ende, abusivo. Se estima en parte el recurso de apelación. Se estima en parte el recurso de casación.
..., valga como prueba suficiente de la deuda la certificación liquidatoria presentada por la e..., dando lugar a la denominada asunción de deuda liberatoria, el consentimiento del acreed...
☞ Sentencia Favorable a: Entidad
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ACCIÓN CAMBIARIA. Si bien es cierto nuestro ordenamiento jurídico nadie puede contratar en nombre de otro sin estar por este autorizado o sin que le tenga conferida su representación -artículo 1259 del Código Civil principio que alcanza su máxima expresión en el derecho mercantil, dominado por la seguridad jurídica y la confianza que exige la apariencia, de tal modo que, fuera del caso de las compañías mercantiles, quien pone la firma a nombre de otro en una letra de cambio o en un cheque deberá hallarse autorizado para ello con poder de las personas en cuya representación obraren, expresándolo claramente en la antefirma, quedando obligado en otro caso personalmente. Todo lo cual nos lleva a la necesaria conclusión de que quien firma un documento, cualquiera que sea su clase, por el que está llamado a obligarse otra persona, sin tener conferida su representación ni expresarlo así en la antefirma, queda obligado personalmente, debiendo entenderse tal proceder como una asunción voluntaria acumulativa de la deuda no liberatoria del principal y primer obligado. Se desestima la apelación.