FJ 2º A mayor abundamiento debemos recordar que quien asumía la obligación de abonar los honorarios de los apelantes no era la organización de la feria sino, directamente, el Ayuntamiento de Coria al que, a tal fin, giraron sendas facturas por importe de 1.515 euros con fecha 24 de julio de 2.006 (por cierto, justo el día antes de que contrataran con el denunciante) tal y como aparece reflejado a los folios 95 y 101 de la causa, facturas que les fueron abonadas a cada uno en tres pagos de 300 € (06/08/2006), 615 € (07/08/2006) y 600 € (29/03/2007), como se refleja al folio 94.
La cuestión es, por tanto, ¿Cuál fue la razón por la que al día siguiente de facturar su trabajo al Ayuntamiento cambian el medio de pago del que disponían los expositores (ingreso en la cuenta municipa...
... verbal, por Luis María , presidente de ASECOC, como comerciales para la contratación de stands ...