articulo 27 2 lau

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    RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. FALTA DE PAGO DEL IBI. Se reclama contra la sentencia que desestimó el recurso, confirmó la desestimación de la demanda de resolución del contrato de arrendamiento por falta de pago del IBI, y declaró que el arrendamiento del local está sometido a la LAU 1964 y por aplicación de la DT tercera de la LAU 1994, es exigible al arrendatario el IBI del inmueble arrendado; que no consta que los arrendadores hayan comunicado al arrendatario su voluntad de repercutir el IBI con anterioridad al año 2004. La cuestión jurídica que plantea el recurso es si, en un contrato de arrendamiento de local celebrado con anterioridad a la entrada en vigor de la LAU 1994 , el arrendador tiene derecho a reclamar el IBI, como cantidad asimilada a la renta -de manera que su impago da derecho al arrendador a resolver el contrato y a reclamar el importe del IBI- sin necesidad de que el arrendador hubiera comunicado previamente al arrendatario su voluntad de repercutir el IBI. Debemos reiterar como doctrina jurisprudencial que el impago por el arrendatario del IBI, en arrendamientos -sea de vivienda o local- existentes en el momento de la entrada en vigor de la LAU 1994, ha de considerarse como causa de resolución comprendida en el artículo 114.1 .º de la LAU 1964. Se desestima el recurso extraordinario por infracción procesal . Se desestima en parte el recurso de casación.

    ... de 1964 sin necesidad de acudir al articulo 27.2 a) de la LAU de 1994 . »Ahora bien, tal impago ...

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    ... n.º 5 de Telde dictó sentencia de fecha 27 de febrero de 2006 en el juicio verbal n.º 455/20...»Tercero.- El artículo 3.1 del TRLAU de 1964 , excluía de su ámbito de ...

  • ... a los arrendatarios exigidas por los artículos 47, 48 y 55 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de... General de los Registros y del Notariado de 27 de diciembre de 1996, según la cual no proceden l...

  • ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA. EXTINCIÓN. La Sala, no puede entrar en valoraciones meramente fácticas como la que se propone en el recurso, en el sentido de considerar que no resulta adecuado el informe de la Gerencia Municipal de Urbanismo, en el cual se basa sustancialmente la sentencia recurrida para estimar la causa de resolución esgrimida subsidiariamente en la demanda así como que por la parte demandante no se ha demostrado o probado la concurrencia de la pérdida técnica o económica de la vivienda arrendada. Lo cierto es que la sentencia recurrida, no solo se limita a efectuar una valoración jurídica de los hechos y de la norma en conflicto, sino que aplica la doctrina jurisprudencial que la propia parte recurrente considera infringida, por lo que ha de concluirse que, por la sentencia objeto de recurso de casación no se ha infringido ni el artículo 118.2 de la LAU de 1964 ni la doctrina jurisprudencial asociada al mismo. Se desestima la casación.

    ...NUM000 de esta ciudad, por adquirida en fecha 27 de junio de 1997 -documento núm. 1 que acompaña-...

    ☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

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    INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL. CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. RÉGIMEN DE PRÓRROGA FORZOSA. Se reclama contra la sentencia que desestimó demanda en la que se ejercitaban acumuladamente acción de retracto y acción por la que se solicitaba se declarase que la demandada-arrendadora había incurrido en incumplimiento contractual al rescindir el arrendamiento, sin justificación legal ni convencional, pues el contrato estaba sometido al régimen de prórroga forzosa. Pese a que el contrato se celebró bajo la vigencia del RDL 2/1985, la voluntad de las partes fue someterse, en cuanto a su duración, al régimen de prórroga forzosa previsto en la LAU 1964. Por ello, resultaba de aplicación la DT Tercera LAU 1994, en cuyo apartado cuarto, establece la duración de los contratos de arrendamientos de local de negocio celebrados al amparo de la LAU 1964 , cuando el arrendatario era una persona jurídica. Conforme a esta norma, la duración del contrato de arrendamiento era de cinco años desde la entrada en vigor de la LAU 1994, transcurridos los cuales resultaba de aplicación la tácita reconducción prevista en el artículo 1566 CC. En conclusión el requerimiento realizado por la arrendadora para poner fin al contrato en fecha 1 de junio de 2007, era plenamente válido. En definitiva, la DT Primera LAU 1994, remite expresamente al RDL 2/1985 y a la LAU 1964 para la regulación de los arrendamientos de local de negocio, por lo que se debe entender que la alusión a la tácita reconducción está únicamente prevista para aquellos contratos de arrendamiento de local de negocio que se celebraron al amparo del RDL 2/1985 sin incluirse referencia alguna a una prórroga forzosa en cuanto a su duración. Para el resto, esto es, para los arrendamientos de locales de negocio respecto a los que sí se estableció de modo voluntario un sistema de prórroga forzosa, les resulta aplicable la LAU 1964, y consecuentemente en materia de finalización de la situación de prórroga, la DT Tercera LAU 1994. En aplicación del ...

    ... de retracto ( SSTS 29-1-1966 ; 24-5-1982 ; 27-3-1989 ; 23-3-1990 ; 12-3-1991 ; 22-6-1993 ; 9-2-1...

  • Derechos DE TANTEO Y RETRACTO SEGÚN LA LEGISLACION ESTATAL. La preferencia entre retractos.

    ...ARTÍCULO 396 del Código Civil: « En caso de enajenación ... la Sentencia Tribunal Supremo (Sala 1.a) de 27 de junio de 2000 , según la cual sobre si tiene ...

  • ... calificación del documento conforme al artículo 108 del Reglamento Hipotecario y a los artículos ... de la Sala 1ª del Tribunal Supremo de 27 de mayo de 2009 (Aranzadi número 3047, de 2009), ...

  • ARRENDAMIENTO. La Audiencia Provincial no contradice la jurisprudencia indicada por la parte recurrente, sino que aplicando la misma al supuesto concreto, de la valoración conjunta y sistemática de los diferentes contratos obrantes en autos, concluye, contrariamente a lo interesado por la parte demandante/recurrente, que la novación producida por el contrato celebrado en 2002, no puede ser calificada como de extintiva, sino como simplemente modificativa, atendiendo a que los distintos contratos de arrendamiento no solo constan en idénticos modelos sino que además en ellos se mantienen las mismas cláusulas y condiciones contractuales, con la única modificación, en el suscrito en 2002, relativa al incremento de la renta y a la persona del arrendador. Si la calificación jurídica de la novación producida es la de simplemente modificativa, el régimen aplicable al contrato de 1969, novado en 2002, no puede ser el interesado por la parte recurrente en el motivo segundo, sino atendida la fecha de suscripción del referido contrato de arrendamiento ha de ser el previsto en la LAU de 1964 con la aplicación, en beneficio del arrendatario, de la prórroga forzosa en dicha legislación contenida, lo que comporta que no proceda la resolución por expiración de plazo interesada por la parte ahora recurrente. Se desestima la casación.

    ... la tácita reconducción del artículo 1566 del Código Civil , a no ser que los contrata... de marzo 1996 EDJ 1996/1341, con cita de la de 27 de noviembre 1990 EDJ 1990/10793, señala que para...

    ☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

  • DESAHUCIO POR FALTA DE PAGO. Cuando el recurso de casación sea de los previstos en el número 3.º del apartado 2 del artículo 477 LEC, si la sentencia considera fundado el recurso, además de casar en todo o en parte, la sentencia recurrida, declarará lo que corresponda según los términos en que se hubiere producido la oposición a la doctrina jurisprudencial o la contradicción o divergencia de jurisprudencia. De este modo se debe reiterar como doctrina jurisprudencial que el impago por el arrendatario del Impuesto de Bienes Inmuebles y de la repercusión por el coste de los servicios y suministros, en arrendamientos de vivienda existentes en el momento de la entrada en vigor de la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos de 24 de noviembre de 1994, ha de considerarse como causa de resolución comprendida en el artículo 114-1ª del Texto Refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964. Se declara haber lugar a la casación.

    ... al artículo 39 y éste a su vez al artículo 27 , que especifica que será causa de desahucio el i...

    ☞ Sentencia Favorable a: Recurrente

  • El Decreto 2929/1974, de 3 de octubre, actualizado por el Real Dec... Articulo 1. Se aprueban los adjuntos aranceles de derechos ... 1. Juicios ordinarios . Art. 27. En los juicios ordinarios competencia de los Juzg...



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