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...625 del Código Penal, a la pena de 10 días multa a r...
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FJ 2º lugar invoca la errónea valoración probatoria, con vulneración del principio de presunción de inocencia, entendiendo que la declaración del denunciante está presidida por el único interés de percibir unas indemnizaciones, razones por las que combate la valoración que de élla hizo la Juez de instancia como fundamento de la sentencia condenatoria que ahora se combate. Consecuentemente a todo ello interesa la revocación de aquella sentencia y, por lo tanto, su libre absolución, pretensión a la que se opuso el Ministerio Fiscal que impugnó el recurso e interesó la confirmación de la resolución recurrida por hallarla ajustada a Derecho al considerar que existe prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia.
SEGUNDO.- Sorprende, en primer término, la p...
...382/2008. JUZGADO PENAL 2 LLEIDA. S E N T E N C I A NUM. 252 /11. Ilmo/as....237 y 241.1 del Código Pebal, a la pena de de dos años de prisión e inh...625 del Código Penal, a la multa de multa de 10 días...
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...625 del Código Penal, a la pena de veinte días de mu...
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FJ 2º En el segundo de los motivos de la impugnación refiere el error de derecho por la indebida aplicación del art. 171.1 del Código penal . Pese a amparo que emplea, el error de derecho, toda la motivación de la sentencia la refiere no al error de derecho sino a la insuficiencia de la actividad probatoria para la conformación del hecho probado subsumido en el delito de amenazas.
El motivo, carece de base atendible. En primer lugar porque la subsunción es correcta y esta es la vía impugnatoria empleada. Además, porque sobre el hecho se practicó la prueba que se podía practicar, es decir, la declaracion de la víctima, corroborada por las declaraciones de las operadoras telefónicas que escucharon los mensajes en demanda de auxilio que partían de la víctima y las declaración de ...
...625.1 del C.Penal . QUINTO.- Se funda en el art. 5.4 L...
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FJ 2º En cuanto a las costas, dada la estimación del recurso interpuesto, procede declarar de oficio las correspondientes a la alzada.
Vistos, además de los citados, los artículos de general aplicación,
1. Que estimamos el recurso de apelación interpuesto por Teodosio, representado por la Procuradora Dª. Ana Muñoz Martínez y asistido por el Letrada D. Mariano Lorente Gómez, contra la sentencia 77/2011 de fecha 21 de febrero de 2011, dictada por la Magistrada del Juzgado de lo Penal número 7 de Valencia, en los autos de Juicio Oral de Procedimiento Abreviado seguidos en dicho Juzgado con el número 699/2009.
2. Que REVOCAMOS el fallo de dicha sentencia y absolvemos a Teodosio de la falta de daños del art. 625.1 del Código Penal por el que fue condenado en primera insta...
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FJ 2º no estar de acuerdo en la valoración económica de los daños.
SEGUNDO .- Por el Ministerio Fiscal se interesó la desestimación del recurso.
Los hechos fueron presenciados por el denunciante, concretamente vio cómo la denunciada arrojó una maceta en su vehículo.
En este caso consta la existencia de un daño objetivo en el vehículo del denunciante y, por otro, el ánimo de dañar. Ello es así, por cuanto existía enemistad previa entre las partes y ello debido a que a la denunciada le molestaba el ruido que producía el vehículo del...
...625 del Código Penal a la pena de multa de quince dí...
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FJ 2º Alegan en segundo lugar los recurrentes improcedencia de las penas impuestas a Silvio y a Carlos Antonio por resultar totalmente injustas y desproporcionadas, aportando con el escrito de recuro una serie de certificaciones que debieron de serlo al momento de la celebración del juicio, hay que señalar que se trata de documentos de fecha posterior a la celebración del juicio y que bien pudieron obtenerse con anterioridad al mismo, de manera que no puede admitirse su valor por ser extemporánea su presentación, de manera que la valoración que hace la Juez de Instancia sobre la imposición de la pena ha de ser también mantenida.
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... vista pública, el presente procedimiento penal del Juicio de Faltas de referencia, seguido contra...625 del Código Penal, y frente a ellas ambos formulan...
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FJ 2º La pretensión revocatoria de la resolución recurrida no puede prosperar, pues la valoración de la prueba producida, desde las facultades y los límites que obran en la segunda instancia, permite afirmar la suficiencia y la racionalidad valorativa, por un lado, y la correcta aplicación del ordenamiento jurídico, por otro, de la juzgadora de instancia a la hora de justificar su conclusión fáctica y jurídica.
Valora la Juez de instancia de manera racional y motivada los medios de prueba practicados. Así Santiago declaro en el acto del plenario, al igual que el resto de los testigos, como se puede comprobar tras el visionado de la vista de videograbación, que estaba durmiendo y el acusado golpeo la puerta con una barra de hierro reventándola, no estando la puerta tan dañada com...
...620-2 del Código Penal y otra de daños del art. 625 del Código Pe...
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FJ 2º Para la resolución del recurso interpuesto, y dada la naturaleza del caso que nos ocupa, hay que partir de que tal como indica el recurrente y como ya indicaba el Auto de esta Sala de fecha 3 de noviembre de 2003, en el vigente Código Penal no se contempla la figura del denominado pastoreo abusivo, que se recogía en el artículo 594 del anterior Código Penal de 1973, al ser eliminada en la reforma operada en el mismo por Ley Orgánica 3/1989, de 21 de junio . En consecuencia, la única infracción en la que la conducta del acusado es susceptible de ser encuadrada, ab initio, es en la falta de daños prevista y penad en el art. 625 del Código Penal, pues como ya indicaba esta Sala en la mencionada resolución, "dejar el ganado suelto de forma intencionada, a sabiendas que puede entr...
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FJ 2º Como segundo motivo de recurso invoca que la Juzgadora de instancia incurrió en error en la valoración de la prueba porque no existió inspección ocular de la Guardia Civil que acreditara la realidad de los daños; que los aspersores nuevos los compró 19 días después, pues la factura es de 20 de Septiembre de 2010, considerando que dejó sin regar sus cultivos 19 días; y que el denunciado tuvo que recorrer 240
m. para romper los aspersores.
Los motivos indicados tampoco son atendibles.
Existe jurisprudencia abundante que considera prueba suficiente de cargo la versión dada por el testigovíctima de la infracción penal: La declaración acusatoria de un único testigo, aun cuando éste haya sido la víctima del hecho, es suficiente, siempre y cuando no aparezcan razones objetiv...
... AUTOR de una falta de daños del artículo 625.1 del Código Penal a la pena de tres días de loc...