art 397 cp

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    MALVERSACIÓN DE CAUDALES PÚBLICOS - PREVARICACIÓN - 1.-En el Código derogado constituía malversación de caudales públicos, dar a los que tienen tal carácter, por la persona encargada de su custodia, un destino público diferente al que tuvieran asignado (art. 397 C.P. de 1973), previsión legal que ha desaparecido en el Código actual. En nuestro caso los pagos realizados a las personas, irregularmente contratadas, tenían un destino público (art. 433 C.P. 1995). Ningún acusado se apropió o consintió que el personal contratado se apropiara de los pagos realizados, que se hicieron, según tarifas o módulos aprobados, por el trabajo que de forma real y efectiva desempeñaron en beneficio del municipio, como servicio público del mismo. 2.- No quedó acreditado la existencia del dolo exixido por el delito de prevaricación, pues, el perjuicio potencial o efectivo que las contrataciones irregulares pudieran producir en los intereses de los ciudadanos o de la causa pública, no fueron directamente buscados por los acusados, ni obedecieron a intereses turbios o inconfesables. En primera instancia se absuelve a los acusados. No se hace lugar a la casación.

    ☞ Sentencia Favorable a: Acusado

  • Introducción - 2. Precisiones terminológicas: ,el perito, la pericia, el reconocimiento pericial, y el dictamen pericial - 3. - 3.1. Naturaleza jurídica - 3.2. Admisibilidad - 3.3. Objeto - 3.4. Caracteres - 3.5. La pericia corporativa - 4. el perito - 4.1. Distinción con figuras afines - 4.1.1. Especial consideración del testigo - perito - 4.2. Capacidad - 4.3. Designación y aceptación del cargo - 4.4. La imparcialidad del perito - 4.5. Derechos y deberes del perito - 4.6. Responsabilidad del perito - 4.6.1 Responsabilidad penal - 4.6.2. Responsabilidad civil - 4.6.3. Responsabilidad disciplinaria - 5. Procedimiento de la pericia y el dictamen pericial - 5.1. La doble modalidad de dictámenes en la Ley 1/2000 y su compatibilidad - 5.2. El dictame...

    ... [en referencia al acto del juicio]” 397 ; otros autores lo han justificado como consecuenc...

  • ...397 CP. Teniendo en cuenta que la sedición es un deli...

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    FJ 2º motivo opone un segundo quebrantamiento de forma por la denegación de una prueba pericial de un perito que, afirma, se encontraba presente en estrados. Las denuncias se interponen al amparo del art. 850.1 de la Ley procesal penal. Los quebrantamientos de forma serán estimados. Lo que el recurrente pretendía acreditar con la prueba propuesta es que las fotografías sobre las que se basa la acusación, no se corresponden con la realidad y, en consecuencia, lo manifestado por el recurrente en su certificación sobre el estado de las edificaciones, esto es, que las edificaciones tenían una antigüedad superior a los cinco años y que pertenecían a la misma obra que después se divide, no es inveraz. Para ello trata de acreditar que si lo que se afirma es que las fotografías obrantes a ...

    ...849.1 LECim . por infracción del art. 397 CP en relación con el art. 8.1 del mismo texto le...

  • FJ 2º lugar, en cuanto al exceso en el objeto de la pericia, también, hay que concluir que no se produjo, puesto que tanto uno como otro perito se atuvieron a lo marcado como tal por el tribunal de instancia. Otra cosa es, que el perito de las acusaciones -suscrito a la acusadora Gerencia Municipal de Urbanismo de Chiclana, y, a pesar de ello, no recusado en ningún momento, conforme autorizan los arts. 468 y ss y 662 y ss y 723 LECr. -complementara su informe, explicándolo, y acompañándolo de una documentación adjunta, a la que tuvo fácil acceso en la propia Gerencia, en virtud de la cual, alcanzó unas conclusiones, completamente contrarias a las pretensiones de los acusados. El Tribunal de instancia defiende su relación con los hechos objeto de enjuiciamiento, lo cual es indudable; ...

    ...397 del CP en relación con el art. 8, circunstancia 1...

  • FJ 2º documento se decía que en la finca descrita en el factum -- NUM001 --, desde hacía cinco años ya existía una obra nueva constituida por una casa de una sola planta con diversas dependencias y una extensión construida de 400 m2, haciendo constar que dicha construcción tenía más de cinco años, cuando lo cierto era que sólo existía, a la sazón, una construcción de 80 m2. Dicho documento mendaz se incorporó a la escritura pública citada en el factum con la finalidad allí expresada y que consistió en que los también condenados y recurrentes en escritura pública --a la que se unió el documento del arquitecto-- vendieron a Abilio la finca registral concernida. Han formalizado recurso de casación Teodoro y, por otro lado, por Nicanor y Rosalia conjuntamente. Pasamos al estu...

    ...397 Cpenal que se refiere a la falsificación de certi...

  • Bien jurídico protegido y concepto de lesión -1.1. Bien jurídico doble -1.2. Bien jurídico único -1.3. Bien jurídico triple -1.4. Otros aspectos -2. Sujetos y objeto material del delito de lesiones -3. Medios de comisión -3.1. Medios comisivos -3.2. Transmisión de enfermedades contagiosas. Especial referencia al Sida -4. Distinción entre delito y falta de lesiones -4.1. Delito y falta -4.2. Asistencia facultativa y tratamiento médico-quirúrgico -4.2.1. Asistencia médica -4.2.2. Tratamiento médico o quirúrgico

    ...El art. 397 del CP chileno castiga como procesado por lesiones...

  • FJ 1º Único: El recurso del Ministerio Fiscal se fundamenta en la infracción del art. 397 del CP . El argumento básico del Fiscal consiste en admitir que el delito establecido en este artículo se ha consumado, toda vez que "a la vista de la doctrina referida y de las disposiciones legales actualmente vigentes, especialmente los arts. 418, 448.1 y 450.2 del Real Decreto Legislativo de 18 de abril de 1986 (texto refundido de Régimen Social ) y el art. 153 de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, de 28 de diciembre de 1988 , podemos afirmar -dice el Fiscal- la vinculación (de) ingresos y gastos en el ámbito municipal y, por lo tanto, postular la aplicación a los hechos probados de la Sentencia el art. 397 ya que, integrando aquellos hechos con los razonamientos ...

  • - Delitos contra la Administración Pública. 1.1.- De la prevaricacion de los funcionarios publicos y otros comportamientos injustos. 1.2.- Abandono de destino. 1.3.- De la desobediencia y denegacion de auxilio 1.4.- De la infidelidad en la custodia de documentos y de la violacion de secretos. 1.5.- Del cohecho. 1.6.- Del tráfico de influencias 1.7.- De la malversacion. 1.8.- De los fraudes y exacciones ilegales. 1.9.- De las negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios publicos y de los abusos en el ejercicio de su funcion. 2.- De los delitos de corrupción en las transacciones comerciales internacionales. 3.- Otros delitos específicos de funcionarios. 3.1.- Delitos contra las instituciones del estado y la división de poderes. 3.2.- Usurpación de atribuciones. ...

    ...397 en el que se sancionaba la conducta del funcionari...

  • FJ 1º Único: El recurso del Ministerio Fiscal se fundamenta en la infracción del art. 397 del CP . El argumento básico del Fiscal consiste en admitir que el delito establecido en este artículo se ha consumado, toda vez que «a la vista de la doctrina referida y de las disposiciones legales actualmente vigentes, especialmente los arts. 418, 448.1 y 450.2 del Real Decreto Legislativo de 18 de abril de 1986 (texto refundido de Régimen Social) y el art. 153 de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, de 28 de diciembre de 1988 , podemos afirmar -dice el Fiscal- la vinculación (de) ingresos y gastos en el ámbito municipal y, por lo tanto, postular la aplicación a los hechos probados de la Sentencia el art. 397 ya que, integrando aquellos hechos con los razonamientos jurídi...



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