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Tesis. Introducción.-Recapitulación actualizada de dos estudios anteriores venta de derecho corporal y cesión de derecho incorporal. Cesión probada con documento (art. 1.526, I) Cesión inscrita (art. 1526, 2; arts. 32 y 36, 2, LH). Obtención judicial de la posesión por el cesionario (art 348, 2; art. 41 LH).-Puntualizaciones sobre el sistema español de disposición y adquisición derivativa contractual del derecho de propiedad. I. Compraventa. contrato de voluntades que son causa de efectos dispositivos y obligatorios: Una teoría, del título V del modo. Dos sistemas vigentes, latino y de Savigny Voluntad, dispositiva y obligatoria. Voluntad dispositiva y seudoobligación de transmitir la propiedad. Venta de cosa ajena. Adquisición derivativa, ineficacia del título y Registro de la Propieda...
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HIPOTECA. SUBROGACIÓN. El "tercero adquirente" en subasta pública no es el "tercero hipotecario" al que se refiere el art. 34 L.H., sino que es el de buena fe que participa en élla, del art. 114 L.H. como traducción del principio de publicidad, y de "no oponibilidad", del art. 32, por lo que el mismo sólo responde de la carga real en que consiste la hipoteca, y no de otras cargas personales del deudor. Si bien el acreedor hipotecario puede repetir por los intereses vencidos, en cuanto al tercero interesado en dichos bienes, no podrá exceder la garantía de la cantidad que por ella se reclame con arreglo al referido art. 114. Ajustándose la liquidación de los actores a lo preceptuado en dichos artículos, procede declarar que el Banco demandado se ha enriquecido injustamente, en perjuicio de los actores. En primera instancia se desestima la demanda. Se desestima la apelación. Se estima el recurso de casación.
☞ Sentencia Favorable a: Deudor
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Introducción: La reforma del sistema de tráfico jurídico de cosas y las terminologías doctrinales. 1) Reforma proyectada: la inscripción sustitutiva de la tradición de finca 2) coordinación con estudios anteriores continuación de la línea de pensamiento evolutivo 1. Dos sistemas: latino y alemán. 2. Venta y tradición. 3. Título material y prueba mediante la posesión o el título formal 4. Ley hipotecaria. 5. Resumen histórico 6. Principio fundamental. 3) Opiniones del conferenciante. Terminologías de Don Jerónimo González y de Don Bienvenido Oliver. 4) Manual de derecho civil registral y programa de oposiciones.-I. Compraventa: sistema latino y sistema alemán I) contrato de compraventa italiano. I Contrato traslativo y obligatorio. 2. Contrato traslativo y condición legal, que consolida ...
...32 y 34 LH). Normalmente será la copia de una escrit...
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RECTIFICACION DE ESCRITURA: No es una simple diligencia, como si de un error material se tratara, el sistema de rectificar una escritura en la que había dos compradores y ahora se dice que, en realidad, sólo compraba uno de ellos.
...L. y su esposa doña A. G. R. venden la finca 32.868 de Albuñol a doña M. M. P. y a don I. A. G.,...
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ADQUISICIÓN POR CESIÓN DEL REMATE DE PARCELA EJECUTADA. ENRIQUECIMIENTO INJUSTO. Cuando es sacado a subasta, previa tasación, únicamente la parcela, al incorporar el rematente, y, en su caso el cesionario, el chalet existente sobre ella, no incluído en el precio pagado, se ha dado lugar a un incremento patrimonial a costa de su propietario, sin causa que justifique la desproporción económica producida. En primera instancia se estima en parte la demanda. Se desestima el recurso de apelación. Se desestima el recurso de casación.
...1.692.4º LEC, acusa infracción del art. 32 LH.- El motivo sexto, al amparo del art. 1.692.4º...
☞ Sentencia Favorable a: Propietario
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Servidumbres legales
Servidumbre de paso
Acción negatoria
La servidumbre no inscrita en las condiciones exigidas por la ley en principio no es oponible al tercero adquirente del fundo sirviente cuando el registro no contiene mención alguna del gravamen, siempre que en el tercero concurra el requisito de la buena fe.
Legislación citada: art. 606, 1254 Cci.; art. 32 LH
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COMPRAVENTA. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1101, quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones hubieran incurrido en dolo, negligencia o morosidad y los que de cualquier otro modo contravinieren al tenor de aquella. Sin embargo, fuera de los supuestos excepcionales en que el incumplimiento de la obligación lleva a considerar la existencia de daños producidos in re ipsa [en la cosa misma] por regla general es imprescindible probar la existencia de los daños y perjuicios cuya indemnización se reclama. En el presente caso falta la prueba de la existencia de los daños y perjuicios que correspondía a los demandantes como declara expresamente la sentencia recurrida en su FJ 4º, por tanto, no procede la indemnización por los daños y perjuicios por no haberse acreditado su producción. Los demandantes no identificaron cuáles son los daños y perjuicios producidos por los codemandadas, en qué medida, y cuáles han de ser, en su caso, las bases de la determinación de la cuantía indemnizatoria, limitándose a afirmar que existe un daño y que ha de ser indemnizado, conforme a lo que resulte de la ejecución. Casamos y anulamos las referidas resoluciones.
... registrales amparados por los artículos 32, 33 y 24 de la LH . . »Respecto a la consideraci...
☞ Sentencia Favorable a: Recurrente
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Tercería. De mejor derecho. Prelación de créditos tributarios. Interpretación del artículo 71 LGT 1963. No se extiende a los créditos anteriores a la anotación del embargo. Derecho transitorio. La jurisprudencia que interpreta como absoluta la prelación de los créditos tributarios a partir del año 1995 no es aplicable a los créditos nacidos con anterioridad a dicho momento.
...71 de la Ley General Tributaria, en el art. 32.1 de la Ley General Presupuestaria de 23-IX-88 y d...
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Trascendencia de esta sentencia: fijación de doctrina sobre el artículo 34 de la Ley Hipotecaria - 2. Las distintas posiciones jurisprudenciales respecto al alcance del art. 34 LH - 3. Doble venta y venta de cosa ajena - 4. El problema de fondo: el papel del contrato en el proceso transmisivo - 5. El principio de fe pública registral y las adquisiciones a non domino - 5.1. El principio de fe pública registral subsana la falta de poder de disposición del transmitente - 5.2. La resolución del derecho del transmitente - 6. Alcance del artículo 33 LH - 7. En particular, la validez del embargo de cosa ajena - 8. Bibliografía
... de deudas de otra sociedad, por valor de 38.327.000 ptas., con subrogación de la transmitente en ...
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COMPRAVENTA. ARRAS. PRECONTRATO. La calificación jurídica de los contratos al depender no de la denominación que las partes les asignen sino del fin jurídico que se pretende alcanzar con ellos o lo que es igual de la verdadera intención que inspira su celebración es una labor integrada en la interpretación, que pertenece a la soberanía juzgadora de los tribunales de instancia. Como toda estipulación de arras (cualquiera que sea la función que a las mismas se atribuya), presupone necesariamente la existencia de un contrato principal del que aquellas (las arras) son un mero pacto o estipulación accesoria. Se aprecia que las partes perfeccionaron el contrato de compraventa pues hubo pleno consentimiento o acuerdo entre ellas sobre la cosa objeto del contrato y sobre el precio. No se hace lugar al recurso de casación.
... de la contestación a la primera demanda -fol.32-) se remitió, con acuse de recibo, una carta al a...
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido