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Cuestiones de inconstitucionalidad 6726-2009 y 6727-2009 (acumuladas). Planteadas por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en relación con el art. 143.2 del texto refundido de la Ley general de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio.
....2 de la Ley general de la Seguridad Social (LGSS), texto refundido aprobado por Real Decreto Legisl...
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Introducción. 2. Temporalidad de la pension compensatoria. 3. Doctrina jurisprudencial del tribunal supremo en relación con la termporalidad de la pensión compensatoria. 4. Estudio del artículo 174.2 de la ley general de la seguridad social que entro en vigor el 1 de enero de 2008. 5. Incidencia de la reforma del artículo 174.2 LGSS efectuada por ley 40/07 de 4 de diciembre en la pensión compensatoria.
... alimenti cia conforme a los artículos 143, 150 y 152 del Código Civil, pudiendo únicamente...
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...9 Decreto 1646/72 , y 139.1 y 143 LGSS , así como de la doctrina contenida en la ST...
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FJ 2º Al amparo del art. 191. c) de la LPL, formula el recurrente el segundo motivo de suplicación en el que denuncia infracción del art. 137. 5 LGSS, por entender que las lesiones que presenta le inhabilitan para todo tipo de trabajo, siendo constitutivas de la incapacidad permanente absoluta reclamada en demanda por vía de agravación.
El motivo no resulta acogible, pues de acuerdo con una reiterada doctrina jurisprudencial, la revisión por agravación presupone un juicio comparativo, confrontación entre dos situaciones de hecho, la que dio lugar por alteraciones orgánicas al reconocimiento de la incapacidad y las existentes con posterioridad - cuando se pretende aquélla- para de ella llegar a la conclusión si se ha producido una evolución favorable o desfavorable de las mismas, c...
...143. 2 de la LGSS, en relación con el art. 137. 5 LGS...
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INVALIDEZ. REVISIÓN DEL GRADO. Con la revisión se pretende obtener la invalidez total u grado más elevado;sobre todo en aquellos casos en que la revisión se insta bastantes años después del reconocimiento inicial. En los supuestos de revisión en la incapacidad parcial, es requisito hallarse en alta o situación asimilada al alta en la fecha del hecho causante de la prestación. Se estima el recurso de suplicación.Se desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina.
.... 2.- Infracción del art. 143.2 y ex 137.4 de la Ley General de la Seguridad Soc...143, números 2 y 3, de la LGSS. y arts. 36 a 40 de la Orden de 15 de abril de 1...
☞ Sentencia Favorable a: Instituto Nacional de la Salud
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SEGURIDAD SOCIAL. PRESTACIONES. El trabajo del pensionista justifica que el INSS inicie expediente de revisión, en tanto que razonable indicio de que el estado incapacitante ha mejorado [en forma inversa a la previsión del derogado art. 38 OI, para el que la pérdida de empleo del inválido actuaba como presunción de agravación patológica], pero en forma alguna comporta que el grado de IP reconocido haya de ser dejado sin efecto, pues esta consecuencia únicamente puede producirse si efectivamente se constata la mejoría que justifique tal declaración, y la misma exige conceptualmente no sólo comparar dos situaciones patológicas y llegar a la conclusión de que ha variado el cuadro de dolencias, sino que esta variación tiene trascendencia cualitativa en orden a la capacidad de trabajo del declarado en IP, en tanto que alcance a justificar la modificación del grado reconocido, de forma tal que si las secuelas permanecen sustancialmente idénticas no hay cauce legal para modificar la calificación en su día efectuada. Se estima la casación.
...143 LGSS -en relación con el art. 137.1- y aporta com...
☞ Sentencia Favorable a: Trabajador
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FJ 2º El motivo no resulta acogible, pues de acuerdo con una reiterada doctrina jurisprudencial, la revisión por agravación presupone un juicio comparativo, confrontación entre dos situaciones de hecho, la que dio lugar por alteraciones orgánicas al reconocimiento de la incapacidad y las existentes con posterioridad -cuando se pretende aquélla- para de ella llegar a la conclusión si se ha producido una evolución favorable o desfavorable de las mismas, con entidad suficiente para modificar el grado de incapacidad ( SSTS 15 de marzo y 14 de abril 1989 [R 1989, 1862 y 2978]). Son pues, dos los presupuestos que han de concurrir: de un lado, la real y constatada evolución favorable o desfavorable de los padecimientos del interesado, y de otro, que la nueva situación patológica sea de tal...
...143. 2 de la LGSS, en relación con el art. 137. 5 de ...
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SEPARACIÓN DE HECHO. UNIDAD ECONÓMICA DE CONVIVENCIA. PRESTACIÓN DE INVALIDEZ NO CONTRIBUTIVA. El núcleo del debate es el relativo a determinar si han de ser objeto de cómputo, a efectos de determinar el límite de acumulación de recursos, los ingresos del esposo de la titular de una prestación no contributiva cuando existe entre ellos una situación de separación de hecho. Cuando se trate de prestaciones para cuyo nacimiento o permanencia se establezca como requisito carecer de rentas o medios propios de vida, no puede prescindirse de exigir al solicitante, que sea un cónyuge separado de hecho, que haya agotado los deberes de protección recíproca en el marco de la institución familiar. El requisito de carecer de medios propios de vida adquiere sentido a la vista de las exigencias de ayuda mutua de los cónyuges, que se mantiene sin alteración en la separación de hecho, y que, en cambio, se sustituyen eventualmente por otras compensaciones en la situación de separación legal, la constatación de tal carencia de recursos o medios de vida solo es posible en la separación de hecho después de que hayan sido objeto de la reclamación oportuna al otro cónyuge, a diferencia de la separación legal en la que ya hay una sentencia judicial que se encarga de fijar posibles obligaciones sustitutorias y las eventuales cautelas o garantias del cumplimiento de las mismas. Sólo cuando constan que se han agotado los deberes de protección recíproca en el marco de la institución matrimonial para los cónyuges separados de hecho, cabría pensar en la posibilidad de recurso a la protección social dispensada por las prestaciones de Seguridad Social por muerte y supervivencia en favor de otros familiares distintos de los viudos y huérfanos. Se desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina.
... alega la infracción del artículo 144 de la LGSS, apartado 4 . QUINTO.- Por providencia de esta Sal...143 C.C . ningún complementario ingreso entonces es s...
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FJ 2º .- Por igual vía procesal la demandante interesa la adición de un nuevo Hecho Probado sobre la agravación de su estado psíquico, conforme a informe psiquiátrico obrante en autos, adición que no se limita a reflejar datos fácticos sino que incluye valoraciones jurídicas, precisamente contrarias a las de la sentencia, lo que lleva a la desestimación del Motivo.
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...136 de la LGSS, como la situación del trabajador que, después d...143 de la citada LGSS, respecto a la fijación de plaz...
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FJ 2º .- Por lo expuesto en los anteriores fundamentos de derecho no procede sino estimar el recurso interpuesto con revocación de la resolución recurrida estimando la demanda interpuesta en el sentido de declarar al actor afecto a IPA con efectos desde la fecha del hecho causante que se datará en la del informe propuesta del EVI, resultando merecedor de una pensión mensual y vitalicia del cien por cien de la base reguladora. Sin costas.
Vistos los precedentes preceptos legales y los de general aplicación.
Con estimación del recurso de suplicación interpuesto por Pio contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 17 de VALENCIA en sus autos núm. 1370/10 en fecha 22-7-2.010 REVOCAMOS LA MISMA EN EL SENTIDO De ESTIMAR LA DEMANDA INTERPUESTA POR EL ACTOR, AL QUE SE DEC...
...143.2 y 137.5 de la LGSS, por cuanto que se considera ...