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DESPIDO IMPROCEDENTE. El recurrente se ampara en el art. 191.b) LPL y en él se solicita la sustitución del texto del hecho probado 5º por el siguiente: "mediante carta de fecha 10 de noviembre de 2005, la empresa ARIPRESA comunicó a PROTECCIÓN CASTELLANA S.L. la resolución con efectos del citado día, del contrato mercantil que ambas partes habían suscrito para la prestación del servicio de auxiliares en las instalaciones de ARIPRESA en Almoguera". Está basada en un documento - el único aportado por la demandada - que ya ha sido valorado por el juzgador, que le ha negado eficacia probatoria. En efecto, se trata de un documento privado no reconocido por la parte actora. En primera instancia se estima la demanda, que califica como improcedente el despido objeto de este proceso y se condena a la empresa Protección Castellana, S.L. a que satisfaga a Esteban los salarios devengados y no percibidos desde la fecha del despido, así como a que opte, a readmitir inmediatamente a la parte actora, o bien a abonarle una indemnización de 2.753,09 euros. Se desestima el recurso de suplicación interpuesto por la demandada, y en consecuencia se confirma dicha sentencia.
☞ Sentencia Favorable a: Trabajador
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... Villafranco del Guadiana, propiedad de ARIPRESA. Parcela de D. Miguel Plata Recio en Balboa. Tambi...
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El convenio de ejecución para la restauración podrá firmarse en los próximo días
... representantes de la empresa de áridos Aripresa, titulares de los derechos de explotación de la c...
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FJ 2º La Tesorería Territorial de la Seguridad Social alega, con carácter previo, que en el recurso contencioso administrativo ha debido también demandarse al Estado, ya que aunque el acto recaudatorio iniciador del conflicto haya emanado de la Tesorería General de la Seguridad Social, lo cierto es que el ente perjudicado o beneficiado por el fallo del recurso, no sería la Seguridad Social, sino el Estado a través de los Departamentos Ministeriales y Organismos que gestionan el Empleo, el Fondo de Garantía Salarial y la Formación Profesional.
Esta alegación de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social debe ser rechazada.
En efecto, si bien, la Tesorería General de la Seguridad Social, se configuró con personalidad jurídica propia, conforme a la Disposición Adici...
... de "Áridos y Premezclados, S.A." (ARIPRESA), DEBEMOS DECLARAR Y DECLARAMOS no ajustadas a der...
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Una empresa industrial ha convertido su explotación de áridos en un ecosistema de lagunas que ya sostiene a más de 100 especies de aves acuáticas, anfibios y otros animales
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...B47520267 ARIPRESA PREFABRICADOS SL REQUERIMIENTO DE DATOS MOD.390-20...
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FJ 2º: Partiendo de los hechos destacados, anteriormente, de los mismos se deduce, con acertado criterio, que los albaranes adjuntados por la actora sólo reflejan las horas que trabajan las máquinas a que se refieren, a efectos de facturación a su propietaria, pero no suponen- a falta de prueba en contrario inexistente, a cargo de la actora-, que dichas máquinas las hayan manejado y ese número de horas, los trabajadores concretos que suscriben los albaranes correspondientes, a todos los efectos de los Arts. 217 LEC y 97.2 LPL.
Así lo viene entendiendo, en cuanto a la carga de dicha prueba, en relación con el Art. 35 ET, sentada doctrina, entre otras, Sala Social TSJ Navarra: " Se considera extraordinaria cada hora de trabajo efectivo que se realice sobre la duración de la jornada ordin...
... determinado, consistente en "Cantera Aripresa sita en Cubillo del Campo Burgos", habiendo hecho ...
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... Abad Amigó en representación de ARIPRESA. Recomendando la instalación de una pantalla de ...