FJ 2º Que dada la cuestión planteada por los recurrentes , la Sala pasa a estudiar con carácter prioritario la cuestión relativa a la nulidad, del art. 191.a) de la LPL en relación a lo mencionado anteriormente.
Que es preciso señalar que la figura del litis consortio pasivo necesario se ha configurado jurisprudencialmente como uno de los presupuestos procesales del orden público, apreciable aun de oficio, cuando algún precepto legal o derivado de la propia naturaleza de la relación jurídico material controvertida en el proceso, impugna la necesidad de configurar correctamente la relación jurídico procesal llamando a cuantos están interesados en aquélla y puedan estar afectados por el pronunciamiento correspondiente por tener un marcado interés en el asunto, evitando con ello l...
... interpuesto por Araceli y Otros y ARBORA Y AUSONIA SL frente a la Sentencia del Juzgado de ... el traslado a los centros de Xixona y Mequinenza. 3º.- El centro de trabajo de Montornés del Vall...
FJ 2º) no se ha seguido el cauce que establece el artículo 19 del Convenio (sobre intervención preceptiva de la Comisión Paritaria). La parte recurrente, sin pretensión de modificación de hechos, hace al efecto unas argumentaciones (con componente fáctico que no está en el relato incombatido) para tratar de justificar que se siguió la previsión del citado artículo 19. Algo que la Sala no puede compartir en modo alguno; pero es lo cierto que, no obstante la puntualización que hizo la sentencia, no se produjo un pronunciamiento acorde; por cuanto esa clase de pronunciamiento expreso requería, por la propia naturaleza del mismo, que el cauce procesal emprendido fuese el correcto y, por tanto, si la sentencia ha entendido lo contrario (ello, ya se dice, es la materia única del recurso)...
... número 18 de 2.000), interpuesto por Arbora Ausonia S.L.; contra la sentencia dictada por el J... demandante, en el centro de trabajo de Mequinenza (Zaragoza), se dedica a la fabricación de product...