antiguedad finiquito

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8.110 documentos para antiguedad finiquito
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    DESPIDO. ANTIGÜEDAD. FIRMA DE RECIBO DE FINIQUITO. VICIOS DE LA VOLUNTAD. La cuestión planteada consiste en determinar la antigüedad de la trabajadora que ha prestado sus servicios a una empresa en virtud de sucesivos contratos temporales, cuando han existido interrupciones entre ellos, incluso se ha llegado a firmar una baja voluntaria y el correspondiente finiquito, para después suscribir un nuevo contrato. No se rompe la continuidad en la relación laboral, la unidad del vínculo, a efectos del cómputo de la antigüedad, por la simple firma de recibos de finiquito entre los sucesivos contratos suscritos con cortas interrupciones. Las interrupciones en la prestación de servicios han sido inferiores a veinte días, sin que la firma del finiquito interrumpiera la unidad esencial del vínculo, porque la voluntad de la trabajadora estaba viciada por la oferta de un nuevo contrato en un proyecto subvencionado por la Orden 1491/2004 de reciente publicación, lo que dió lugar a que se aceptase la extinción anticipada de un contrato que se acababa de prorrogar hacía menos de dos meses, acto, influido por la oferta de un nuevo contrato de mayor duración, que es nulo por un vicio del consentimiento prestado, ya que se intimidaba a la trabajadora con la pronta pérdida de su empleo caso de no aceptar la rescisión temporal de su contrato. Se desestima el recurso de casación para unificación de doctrina.

  • En el mismo certificado de reconocimiento de deuda aparecerán las cantidades adeudadas por los distintos conceptos, en materia de salario y también de indemnización. En el certificado se desglosan estas cantidades y se clasifican según regula la Ley concursal: Privilegio General (artículo 91.1), Ordinario (artículo 89.3) y Contra la Masa (artículo 84). Certificado de reconocimiento de deuda (cantidades adeudadas) º.• Salarios o Débitos de nómina desglosados mensualmente o Cantidades correspondientes de finiquito (incluidas pagas extraordinarias y vacaciones) o Bonus, en caso de que corresponda o Antigüedad o Salario bruto diario Tambi...

  • ANTIGÜEDAD. RECONOCIMIENTO. En nuestras sentencias de 8 de marzo y 17 de diciembre de 2007 (Rcud. 175/04 y 199/04 ) y 18 de febrero de 2009 (Rcud. 3256/07 ), entre otras, se ha consolidado la doctrina de que en supuestos de sucesión de contratos temporales se computa la totalidad del tiempo de prestación de servicios a efectos de la antigüedad, cuando ha existido la unidad esencial del vínculo, lo que comporta que se le haya quitado valor con carácter general a las interrupciones de menos de veinte días, pero, también, a interrupciones superiores a treinta días, cuando la misma no es significativa, dadas las circunstancias del caso, a efectos de romper la continuidad en la relación laboral existente" y añade que "Por otro lado, se ha dicho que hay que estar a todas las circunstancias del caso y no sólo a las declaraciones de las partes, porque la voluntad del trabajador puede estar viciada por la oferta empresarial de celebrar un nuevo contrato en próximas fechas. En atención a ello, es doctrina de esta Sala que no se rompe la continuidad en la relación laboral, la unidad del vínculo, a efectos del cómputo de la antigüedad, por la simple firma de recibos de finiquito entre los sucesivos contratos suscritos con cortas interrupciones. En este sentido nuestras sentencias de 29 de septiembre de 1999 (Rcud. 4936/98 ), 15 febrero 2000 (Rcud. 2554/99 ), 18 septiembre 2001 (Rcud. 4007/2000 ) y 18 febrero 2009) Rcud 3256/07 ) entre otras". En primera instancia se estima parcialmente la demanda. Se estima parcialmente la suplicación.

    ☞ Sentencia Favorable a: Trabajador

  • ...(salario base y escalón de actividad, antigüedad, premio de puntualidad y complemento por ampliaci..., se le descontará de su liquidación-finiquito el saldo resultante, y de no ser suficiente con el...

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    DESPIDO. FINIQUITO. Se reclama contra la sentencia que desestimó la demanda de despido del actor fundamentada en la existencia de un documento de liquidación y finiquito. Es claro que no ha habido ni voluntad extintiva por parte del trabajador, ni mutuo acuerdo ni transacción alguna. Es la empresa la que unilateralmente decide despedir al trabajador por la comisión de una presunta infracción consistente en no comunicarle un cambio de domicilio que podría afectar al percibo de una determinada partida retributiva. El trabajador reacciona contra ese despido interponiendo la papeleta de conciliación previa a demanda por despido. Posteriormente firma el documento en cuestión en el que únicamente se dice, respecto a la cantidad percibida, que "recibe en este acto la liquidación de sus partes proporcionales en la cuantía y detalle que se expresan al pie, con cuyo percibo reconoce hallarse saldado y finiquitado por todos los conceptos con la referida empresa", de lo que no cabe deducir que haya habido acuerdo o transacción alguna sobre el importe de una posible indemnización por el despido que, en su caso, pudiera llevar a enervar la acción de despido. Es posible que un documento de finiquito contenga válidamente una renuncia a accionar siempre que se cumplan dos requisitos: que dicha renuncia no se efectúe en términos genéricos sino en relación con el preciso contenido de los derechos a que el finiquito se refiere; y que dicho finiquito exprese, una declaración de voluntad inequívoca en relación con la acción concreta a la que se renuncia, carente de vicios del consentimiento y plasmación de un negocio transaccional. En este caso, no hay transacción alguna, ni referencia concreta a los términos del despido, ni a su posible indemnización ni a la renuncia del trabajador a impugnarlo. Se estima el recurso de casación para la unificación de doctrina.

    ... siguientes circunstancias laborales: antigüedad 14-04-1998, categoría profesional operario y sala...

  • ..., aún cuando se hubiera firmado el finiquito de la relación laboral. Artículo 11. Antigüedad...

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    RELACIÓN LABORAL. CONCLUSIÓN. RETRACTACIÓN DEL TRABAJADOR. VALIDEZ. PERÍODO DE PREAVISO. La doctrina -inadmisoria de la retractación- se ha mantenido igualmente en los supuestos en que tal decisión se hubiese adoptado cumpliendo la exigencia de preaviso y antes de que venciese el mismo, argumentando que al ser la dimisión una declaración de voluntad de carácter receptivo, tal voluntad ha de entenderse irrevocable, salvo que medie aceptación de ella por el empresario; porque el art. 49.º 4 ET “dispone taxativamente que el contrato de trabajo se extinguirá por la dimisión del trabajador... decisión del mismo que es unilateral y que vincula al trabajador absolutamente desde el momento en que es comunicado a la empresa; el plazo de preaviso que establece sólo se da en beneficio de la empresa, para que puedan atender [si lo considera preciso] a su sustitución... sólo la concurrencia acreditada de vicios que invaliden la voluntad que lleva a aquella unilateral decisión pueden ser operantes”

    ...,99 E, por los conceptos de sueldo, antigüedad, liquidación de vacaciones, finiquito para extra ...

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    DESPIDO IMPROCEDENTE. INDEMNIZACIÓN. El finiquito tiene pleno valor liberatorio a todos los efectos, quedando extinguida y finiquitada cualquier relación anterior. En primera instancia se estima demanda. Se desestima suplicación. Se estima casación para unificación de doctrina.

    ... a la actividad de Construcción, con antigüedad de 1-1-97, categoría profesional de Encargado y ...

  • ... en cuenta la formación, méritos y antigüedad del empleado, todo ello dentro de lo establecido e... liquidación final de haberes y de finiquito se procederá a descontar el importe de las percep...

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    EXTINCIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO. EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO. FINIQUITO. VALOR LIBERATORIO. Se reclama contra la sentencia parcialmente estimatoria de demanda sobre extinción de contratos de trabajo por expediente de regulación de empleo. El finiquito viene sometido como todo acto jurídico a un control judicial, que puede y debe recaer, fundamentalmente, sobre todos aquellos elementos esenciales del pacto previo en virtud del cual aflora al exterior y es, con motivo de este examen e interpretación, cuando puede ocurrir que el finiquito pierda su eficacia normal liberatoria, sea por defectos esenciales en la declaración de la voluntad, ya por falta del objeto cierto que sea materia del contrato o de la causa de la obligación que se establezca, ya por ser contrario a una norma imperativa, al orden público o perjudique a terceros. Se desestima el recurso de suplicaci?

    ... el 15-03-1999 con las siguientes antigüedades y categorías: D. Jesus Miguel desde el 01-10-1970...

    ☞ Sentencia Favorable a: Trabajador, Recurrido



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