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... De los abusos sexuales CAPÍTULO II Bis. De ... ARTÍCULO 22 Son circunstancias agravantes: 1.ª Ejecutar el hecho con alevosía. Hay alevos... hecho mediante disfraz, con abuso de superioridad o aprovechando las circunstancias de lugar, tiempo...
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DELITO DE ASESINATO EN GRADO DE TENTATIVA. EMBRIAGUEZ. PARENTESCO. ALEVOSÍA MENOR. Se reclama contra la sentencia que condenó al acusado como autor de un delito de asesinato en grado de tentativa, con la concurrencia de agravante de parentesco y atenuante analógica de embriaguez. no concurre en el supuesto enjuiciado la alevosía apreciada por el Tribunal a quo. El relato histórico de la sentencia constata una fuerte discusión entre acusado y víctima en el domicilio familiar; que la víctima, "alarmada por el cariz que había tomado la discusión y con la intención a que la ayudara a salir de la casa ...." telefoneó a la sobrina del procesado pidiéndole esta ayuda. En el supuesto de hecho actual, la víctima no se encontraba completa y absolutamente desprevenida ante la ulterior agresión de que fue objeto; ni tampoco cabe sostener que la reacción del acusado fuera totalmente insospechada e imprevisible, por lo que la víctima pudo tener la oportunidad de eludir el violento desenlace ausentándose de la vivienda y refugiarse en casa de los vecinos, como hizo la sobrina al presenciar cómo el acusado disparaba sobre su compañera. No obstante lo cual, es incuestionable que la acción ejecutada por el acusado al disparar sobre su mujer, cumple todas las exigencias de la llamada "alevosía menor" que integra la agravante de abuso de superioridad del art. 22.2º C.P . considerada doctrinal y jurisprudencialmente como una alevosía de menor grado, caracterizada por un debilitamiento de la defensa de la víctima, como consecuencia de la superioridad personal, instrumental o medial del agresor, buscada o simplemente aprovechada por el agresor, que en el caso presente resulta indubitada del propio juicio histórico de la sentencia. Corresponde calificar los hechos como constitutivos de un delito de homicidio intentado del art. 138 en relación con el 16 y 62 C.P ., concurriendo la atenuante analógica de embriaguez y las agravantes de abuso de superioridad y parentesco.Se hace lugar al re...
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La Policía le imputa un delito de asesinato al concurrir las agravantes de alevosía y abuso de superioridad
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Cree que las agravantes de abuso de superioridad y alevosía son incompatibles e impone un año menos de cárcel a uno de los procesados y seis meses menos al otro
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ITER CRIMINIS. 1. Consideraciones generales. 2. Actos preparatorios punibles. 3. Tentativa. 4. El desistimiento y el arrepentimiento voluntario. 5. Consumación. II. AUTORÍA Y PARTICIPACIÓN. 1. Introducción. 2. Autoría. 3. Participación. 3.1. Introducción. 3.2. Inducción, cooperación necesaria y complicidad. 4. Responsabilidad penal de las personas jurídicas. 5. El problema de los prestadores de servicios. 5.1. Cuestiones previas. 5.2. Normativa administrativa. 5.3. Responsabilidad penal. III. PROBLEMAS CONCURSALES. 1. Concurso de delitos. 2. El delito continuado. IV. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATIVAS DE LA RESPONSABILIDAD PENAL. 1. Cuestiones previas. 2. Circunstancias agravantes. 2.1. Exclusión de supuestos. 2.2. El disfraz. 2.3. Abuso de superioridad. 2.4. Precio, recompensa o promesa. ...
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HOMICIO. PRUEBA. PROCESO. El presente recurso de casación se interpone contra la sentencia del T.S.J. de Cataluña en el rollo de apelación del Tribunal del Jurado dimanante del Procedimiento del Jurado de la Audiencia Provincial de Tarragona que condenó al acusado como responsable en concepto de autor de un delito de homicidio con la concurrencia de las agravantes de parentesco y de abuso de superioridad, a la pena de quince años de prisión y accesorias legales. Examinada el acta de dicho trámite, hemos constatado que la defensa del acusado no ejerció su derecho de interrogar a los candidatos a jurado, pudiendo haberlo hecho de acuerdo con la facultad que le otorga la norma, y, desde luego, no hay en la mencionada acta ninguna referencia a que le fuera negado al letrado defensor tal derecho, siendo así que éste firmó de conformidad el acta sin poner reparo alguno. No se hace lugar al recurso de casación.
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HOMICIDIO. ABUSO DE SUPERIORIDAD FÍSICA. ARREBATO. INFRACCIÓN DE LA LEY. CASACIÓN. El abuso de superioridad entraña o supone una notable diferencia de poder entre el sujeto activo y el sujeto pasivo de la acción, concretada en su superioridad física, pero teniendo en cuenta no sólo las fuerzas físicas del agresor, también las circunstancias todas del caso concreto. Tratándose de un motivo de casación por corriente infracción de Ley, hay que atender a la narración histórica de la sentencia y en ella se dice que "29.- José Diego, para cometer el hecho de dar muerte a Nagore, se aprovechó de su superioridad física (varón, de 27 años, 182 metros de estatura y 80 Kgs.), así como conocer técnicas del arte marcial Aikido, respecto de su víctima, sin que pudiera contar con el auxilio de terceras personas". Los requisitos para que se configure la atenuante de arrebato son: a) La existencia de estímulos o causas, generalmente procedentes de la víctima, que puedan ser calificados como poderosos, y que se entiendan suficientes para explicar en alguna medida la reacción del sujeto, con lo que quedan excluidos los estímulos nimios ante los que cualquier persona media reaccionaría con normalidad. Es en este sentido, en el que ha de ser entendida la exigencia relativa a la proporcionalidad que debe existir entre el estimulo y la alteración de la conciencia y de la voluntad que acompaña a la acción. Si la reacción resulta absolutamente discordante por notorio exceso con el hecho motivador, no cabe aplicar la atenuación, pues no es posible otorgar efectos atenuatorios a cualquier reacción pasional o colérica si no está contrastada la importancia del estímulo provocador del disturbio emocional en que el arrebato consiste y que ha de tener influencia menguante sobre la voluntad e inteligencia del autor; b) Ha de quedar acreditada la ofuscación de la persona afectada , o estado emotivo repentino o súbito u otro estado pasional semejante que acompaña a la acción; c) Debe existir una r...
..., concurriendo las circunstancias agravantes de abuso de superioridad, atenuante de reparación...
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HOMICIDIO. AGRAVANTE. ATENUANTE. TUTELA JUDICIAL EFECTIVA. Se impugna condena penal. Entre los agravantes del homicidio encontramos el abuso de superioridad, el cual esta dado por la mayor corpulencia, fuerza física y por la diferencia de edad entre los sujetos generando imposibilidad defensiva. Mientras que la ingesta de alcohol como las deficiencias mentales generan alteraciones en la voluntad e inteligencia. Las sentencias tienen que estar motivadas. Para satisfacer la exigencia de razonamiento y explicación de las resoluciones judiciales y para ahuyentar toda sombra de arbitrariedad, no es necesario que se haga una exhaustiva y casi siempre reiterativa disección de todas y cada una de las pruebas disponibles, bastando con una argumentación que satisfaga las exigencias derivadas del texto constitucional. Condena penal. La apelación fue desestimada. La casación fue desestimada.
☞ Sentencia Favorable a: Condena
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* TRIBUNAL DEL JURADO.- Asesinato, incendio, falta de lesiones.
* Agravantes de ensañamiento, abuso de superioridad y parentesco = se aprecian todas ellas.
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DELITO DE HOMICIDIO. AGRAVANTE DE SUPERIORIDAD Y PARENTEZCO. IMPROCEDENCIA DE ALEVOSÍA. Aunque el sujeto activo se sirvió de un medio ejecutivo objetivamente adecuado para asegurar la muerte, lo único que le proporciona es una evidente superioridad para ejecutarla, pero no seguridad plena. El aseguramiento de la muerte sin riesgo no se produjo, ni estaba garantizada. Existió, eso sí, una clara superioridad de la que el agente se sirvió y abusó (instrumental) en la realización del hecho que el Tribunal estima como agravatoria (cuasi alevosía o alevosía de segundo grado). En primera instancia se condena al procesado, como autor criminalmente responsable de un delito de homicidio consumado, con la concurrencia de las agravantes de abuso de superioridad y parentesco, y las atenuantes de estado pasional y arrepentimiento; de un delito de homicidio en grado de tentativa; de dos delitos de amenazas; dos faltas de lesiones; con costas. Se declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto por el acusador particular, con costas.
☞ Sentencia Favorable a: Ministerio Fiscal, Acusación particular