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Bien jurídico protegido. 2. Sujetos del delito. 2.1. Sujetos activos. 2.2. Sujetos pasivos. 3. Conducta punible. 3.1. Actos de disposición. 3.2. Contraer obligaciones. 3.3. Abuso de funciones. 3.4. Negocios de riesgo. 3.5. Conclusión. 4. Objeto material. 5. Resultado delictivo. 6. Elementos subjetivos. 6.1. Beneficio propio o de tercero. 6.2. Abuso de funciones propias del cargo. 6.3. Disposición fraudulenta. 7. Concursos delictivos: administración fraudulenta y apropiación indebida. 7.1. Caracteres de la apropiación indebida. 7.2. Caracteres de la administración fraudulenta. 7.3. Diferencias entre ambas figuras delictivas. 7.4. Evolución jurisprudencial. 8. Penalidad. 9. Legislación mercantil de referencia. 9.1. Ley de sociedades anónimas. 9.2. Ley de sociedades de responsabilidad l...
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..., de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Comú...
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RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL. DAÑOS Y PERJUICIOS. INCENDIO. PRESCRIPCIÓN. El burofax enviado a la Administración Portuaria no interrumpió la prescripción del plazo de un año para ejercitar la acción de responsabilidad patrimonial sino que como entendió la Administración era ejercicio de esa acción. De ahí que al estimar la misma Administración que no cumplía los requisitos del Art. 70 de la Ley 30/1992 requiriese a la demandante a los efectos del Art. 71 otorgándole el plazo oportuno para ello, y tras transcurrir el mismo, y presentarse la documentación requerida fuera de plazo se dictase la resolución de archivo que quedó firme. En consecuencia cuando prácticamente un año después se presentó de nuevo un escrito ejercitando la acción, la Administración respondió declarando la misma inadmisible por extemporánea. No se hace lugar al recurso de casación.
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El delito de administración social fraudulenta, consagrado en el art. 295 del Código Penal, supone una importante novedad en la intervención del Derec...
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. Derecho de Vuelo y Derecho a edificar - 4.1.1. El ius aedificandi - 4.1.2. El derecho a la reconstrucción si el edifi cio perece - 4.1.3. Verticalidad de la propiedad - 4.2. Derecho de Vuelo y Propiedad Horizontal - 4.2.1. El Derecho de vuelo y el régimen de propiedad horizontal - 4.2.2. El vuelo y el suelo como elementos comunes según el art. 396 CC - 4.2.3. El régimen de administración del art. 398 CC como excepción a la obligatoriedad de la constitución de un régimen de Propiedad Horizontal - 4.2.4. Las denominadas situaciones de prehorizontalidad - 4.2.5. Especial referencia a los complejos inmobiliarios privados, urbanizaciones y a la denominada propiedad horizontal tumbada - 4.3. El Derecho de Propiedad sobre el subsuelo urbano - 4.4. Derecho de Vuelo y accesión inmobiliaria ...
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INFORME DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL, art. 75 L.C.
Se presenta el informe que prescribe el art. 75 de la L.C. con el siguiente contenido
º Análisis de los datos y circunstancias del deudor expresados en la memoria a que se refiere el número 2.º del apartado 2 del artículo 6.
º Estado de la contabilidad del deudor y, en su caso, juicio sobre las cuentas, estados financieros, informes y memoria a que se refiere el apartado 3 del artículo 6.
º Memoria de las principales decisiones y actuaciones de la administración concursal.
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... La administración de la sociedad CAPÍTULO I. Disposicio...
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RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN. INTERESES. MILITARES PROFESIONALES DE LA REPÚBLICA. El actor (o actora) ejercitaron una acción de responsabilidad patrimonial por el tardío percibo de la pensión o pensiones reguladas en la Ley 37/1984, de 22 de octubre , de reconocimiento de derechos y servicios prestados a quienes durante la guerra civil formaron parte de las Fuerzas Armadas y de Orden Público y Cuerpo de Carabineros de la República. Fueron parte actora, ellos o sus causantes, en el recurso resuelto por sentencia de 5 de noviembre de 2001; y parte recurrente en el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto contra ella, cuya sentencia, la casó y declaró el derecho de aquellos "a los beneficios derivados de la aplicación del Título I de la Ley 37/84 , en función de su condición de militares profesionales de la República que debió serles reconocida a ellos o a los causantes de las Sras. Sacramento ... y Trinidad ... Tales beneficios se reconocen con efecto desde el 2 de Noviembre de 1984 ". Ejercitaron aquella acción con sustento en que los abonos recibidos de la Administración tras la sentencia que acaba de ser citada no incluyeron los intereses legales derivados del pago tardío. Y no aparece antecedente alguno que evidencie que tras esos abonos manifestaran su discrepancia ante el Tribunal competente para la ejecución de dicha sentencia. Resulta indiscutible que la responsabilidad patrimonial de la administración garantizada en el art. 106.2 de la Constitución y desarrollada en la LRJAPAC bajo los principios antedichos establecidos por el legislador no constituye una vía alternativa para impugnar actos administrativos que se dejaron consentidos por no haber utilizado los cauces legalmente establecidos. La viabilidad de la declaración de responsabilidad patrimonial de la Administración requiere no solo el cumplimiento de las exigencias del art. 139 LRJAPAC sino que del art. 142.4. LRAJPAC no deriva responsabilidad de la admini...