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El artículo 1473 del Código civil español representa una especialidad dentro de los ordenamientos jurídicos de nuestro entorno, ya que, al resolver el conflicto entre dos compradores, no lo hace sólo conforme con el sistema de título y modo, sino también teniendo en cuenta la buena o mala fe del posible adquirente. Esta especialidad constituye un residuo superviviente de la regulación medieval de la doble venta, decantada mediante lo que en su día fue innovación en las fuentes jurídicas romanas. Sin embargo, el criterio penalizador del adquirente de mala fe no sólo aparece en el artículo 1473 del Código civil, sino que también parece encontrar acogida en los artículos 1295.2 y 1124.4 del Código.
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El "jus ad rem" en el Derecho civil moderno *
¿Existe el «jus ad rem» en el derecho civil actual?
Toda si...
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DELITO DE ESTAFA. ELEMENTOS: 1º. Ha de existir un bien gravado, sea mueble o inmueble. 2º. Sobre ese bien gravado ha de existir un acto de disposición como libre, es decir, con ocultación del gravamen. 3º. El perjuicio, que ha de producirse como consecuencia del mencionado acto de disposición. 4º. El ánimo de lucro, que exige una específica dirección en la intención del sujeto activo hacia un enriquecimiento propio o ajeno. 5º. El dolo, integrado por la conciencia y voluntad en relación con los elementos objetivos del tipo. En primera instancia se condena al acusado. Se desestima la casación.
☞ Sentencia Favorable a: Ministerio Fiscal, Perjudicado
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El "Jus ad rem" en el Derecho civil moderno1
II. El desarrollo de la noción y la aplicación del término a otra ...
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El "jus ad rem" en el Derecho civil moderno *
VI. El «jus ad rem» y la noción del derecho anotado
Se podría pensar que est...
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El jus ad rem en el Derecho civil moderno*
IV. La evolución del derecho a la cosa. La interpretación del Derecho a la cosa. L...
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Esenciales. Subjetivos, objetivos y eficacia. Caracteres diferenciadores con los derechos de obligaciones. Categorías intermedias. Ius ad rem. Vocaciones al derecho real. Derecho real in faciendo y obligaciones propter rem.
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El jus ad rem en el Derecho civil moderno*
A) El problema en derecho francés
Una teoría más digna de interés se refiere a ...
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RECURSO DE CASACIÓN. TRANSMISIÓN DE DOMINIO. REQUISITOS. Ejercitada en la demanda una acción declarativa del dominio de la finca litigiosa a su favor, es requisito ineludible para su éxito que el actor pruebe el título de dominio en que se apoya su pretensión. El término técnico "título de dominio" no equivale a documentos preconstituido, sino a la justificación dominial. Se desestima el recurso.
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido