COMUNIDAD DE PROPIETARIOS. INSTALACIÓN DE ASCENSOR. MAYORÍAS NECESARIAS. TEORÍA DE LOS ACTOS PROPIOS. El acuerdo que ahora se impugna, fue aprobado por mayoría de 3/5, y si bien no concurrió el consentimiento de la actora, ella, ya sabía con anterioridad que fuese cual fuese la solución que se adoptara los elementos privativos se verían afectados, pese a lo que el acuerdo de instalación de ascensor fue aprobado de modo unánime. Por ello la posterior impugnación del acuerdo en el que se aprobó el modo de instalación del ascensor, supone dejar sin efecto el acuerdo de instalación del ascensor, y por tanto la actora estaría yendo contra sus propios actos. La actora, por su condición de arquitecta, conocía perfectamente en que medida la instalación del ascensor afectaría a los elementos privativos, y pese a ello, votó a favor de su instalación. No se hace lugar al recurso de casación.
... , DE LEÓN" , en la que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicació... defienden, según indica dos criterios jurídicos diferentes, sin que, sin embargo, llegase a identi...