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Actio communi dividundo. No procede de una cosa que forma parte de una comunidad hereditaria.-comunidadheredi-taria. Partición de la herencia. Concepto, jurisprudencia, efecto; no cabe la división de un bien concreto antes de la partición. (.) Ponente: Excmo. Señor don Xavier O'Callaghan Muñoz.
COMUNIDAD HEREDITARIA. IMPROCEDENCIA DE LA ACTIO COMMUNI DIVIDUNDO. La actio communi dividundo, no puede ejercitarse por quienes carecen -como los demandantes, recurrentes en casación- de un derecho de propiedad -copropiedad- sobre la finca cuya división pretenden, pues carecen de tal derecho, porque es un derecho abstracto sobre la totalidad del patrimonio hereditario, en comunidad con los demás coherederos, que no se especificará sobre la finca concreta hasta que se les haya adjudicado por la partición de la herencia. En primera instancia se estima la demanda, se da lugar a la división de cosa común sobre el inmueble, a realizar entre todos los herederos directos e indirectos de la titular Amparo, siempre que sea susceptible de división y los demandados deberán abonar a los demás herederos dinera por la posesión y disfrute del inmueble de referencia desde 1962, con costas a los demandados. Se estima el recurso de apelación formulado por los demandados, y se revoca dicha resolución y se desestima la demanda y se absuelve a los demandados. Se desestima la casación, con costas.
... El concepto de partición de la herencia, sinónimo a divisió...
☞ Sentencia Favorable a: Heredero
... por Construcciones Aburuza, S.A., sobre «actio communi dividundo». Emplazados: Carlos Declaux Orraa y Begoña Zulueta Picabea en concepto de parte demandada, cuyo domicilio se desconoce. O...
FJ 2º .- El problema, pues, que se plantea es la posibilidad de ejercicio de la acción de división de cosa común, cuando una porción de la misma corresponde a una (en este caso, a dos) persona por su aceptación de la herencia (de la que esta porción forma parte) a beneficio de inventario. Ello, teniendo en cuenta el concepto y normativa de aquella acción, la función de la aceptación a beneficio de inventario y la realidad del caso presente en que una sola de las porciones (un tercio) es la aceptada a beneficio de inventario. Actio communi dividundo y los posibles acreedores. Ya se ha mencionado que tal acción es una facultad del derecho de propiedad, cuando éste tiene pluralidad de sujetos y es norma imperativa del ordenamiento, no sólo en cuanto a la división material sino tambi...
Introducción.-II. La necesidad de un nuevo concepto jurídico: Las «comunidades funcionales».-III. Los «fondos de gestión».-IV. Algunas consideraciones sobre la naturaleza de los «fondos de gestión»: IV.1. Las paradojas del fondo de inversión: A) El jondo de gestión no es sociedad, pero tampoco comunidad. La «comunidad funcional»: a) El ánimo de lucro. b) Ejercicio de la actio communi dividundo. c) La estabilidad del fin. d) La gestión por un tercero. B) El fondo de gestión no es una fundación: a) Adscripción del patrimonio. b) El interés general. c) Otra vez la estabilidad o permanencia. d) La organización. e) La personalidad jurídica. C) El abandono de la gestión: C.l. Prohibición implícita de concurrencia. C.2. La limitación de responsabilidad. C.5. Gestión confiada a tercero: a) A...
... y en esta alzada se personaron en concepto de partes recurrentes el procurador D. Santos de G... PRIMERO .- La llamada actio communi dividundo proveniente directamente del Der...
...menor cuantía 8/01. Sobre actio communi dividundo. De Carolina Pelayo Martínez y ... Iburuzketa y Ana Auzmendi Leonet, en concepto de parte demandada, cuyo domicilio se desconoce. O...
JUICIO TESTAMENTARIO. TESTAMENTO. HEREDEROS. PARTICIÓN DE HERENCIA. Se interpone demanda de reclamación de cantidad por la parte correspondientes a las fincas heredadas. La partición de la herencia se produjo convencionalmente, por los hermanos litigantes -representados suficientemente en escritura pública de 23 de enero de 1978 (que se modificó en un extremo no esencial por escritura de 10 de diciembre de 1987: la cabida de la finca, precisamente cuya expropiación ha producido la controversia) en la cual aceptan las herencias y se solicita del Registro de la Propiedad que "se sirva inscribir los indicados fincas (entre las que se halla la de autos, expropiada) a favor de sus representados (los hermanos litigantes) por partes iguales". Debe estimarse que tal declaración no puede interpretarse en otra forma que adjudicación de los bienes de la herencia, que implica la atribución a las causahabientes de los bienes y derechos hereditarios en forma -por cierto, muy frecuente- de atribuirse la propiedad que se integraba en la comunidad hereditaria como comunidad germánica -zur gesamten hand- en un condominio, copropiedad romana -communio iuris- que comprende en el presente caso, todas las fincas objeto de la adjudicación. Y tal interpretación es la que ha hecho la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria, en auto de 27 de noviembre de 1997 que archivó el juicio de testamentaría, por no proceder la división judicial de la herencia siendo así que ya se había practicado por partición convencional. En cuanto al fondo, partiendo de hechos acreditados y, especialmente, de hechos admitidos, el demandado D. Emilio hizo suyo el importe del precio por razón de la expropiación de una finca que era propiedad, en condominio romano, del mismo y de los demandantes, sus hermanos, D. Luis y D. Juan Pablo, por terceras partes iguales. Por tanto, siendo el dinero una cosa esencialmente divisible y siendo esencial la actio communi dividundo, estos últimos pueden exigir al p...
... 27.252.670 pesetas, 3.925.118 pesetas en concepto de intereses y de la total cantidad, los intereses...
☞ Sentencia Favorable a: Heredero
FJ 2º .- Antes de entrar en los concretos motivos del recurso de casación que ha formulado la demandada, se hace preciso exponer la posición de esta Sala. La división material se practica cuando la cosa común es divisible y se puede adjudicar una porción a cada comunero; y la división económica, mediante la venta y el reparto del precio en proporción a la cuota de cada uno, cuando la cosa es indivisible físicamente o jurídicamente o por resultar inservible para el uso a que se destina o por desmerecer su valor. Son tres las maneras que se pueden dar de indivisibilidad : indivisibilidad física, inservibilidad y desmerecimiento, siendo un concepto valorativo deducible de unos hechos, (sentencia de 7 de marzo de 1985 ). Y la indivisibilidad jurídica, cuando por la normativa vigente no...
... 400 del Código civil y procede de la actio communi dividundo del Derecho romano, contrario a ...
con relación a los copropietarios. 1.1. Los copropietarios se convierten en propietarios exclusivos. 1.2. El saneamiento en la división de la cosa común. 1.2.1. Saneamiento por evicción en la división de la cosa común. A) Que haya recaído sentencia firme condenando al adquirente de la cosa común o de una cuota de la misma a su perdida total o parcial. B) Que sea como consecuencia de un derecho previo a la división de la cosa común. C) Que se le prive al adquirente de todo o de parte de lo que se le adjudique de la cosa dividida. 1.2.2. Saneamiento por vicios ocultos y por gravámenes en la división de la cosa común. A) El saneamiento por vicios ocultos. B) El saneamiento por gravámenes ocultos. 1.2.3. Disposiciones comunes. 1.3. Gastos y cost...
... que dar una interpretación amplia al concepto de saneamiento en el citado precepto; pero no han ..., y en consecuencia aplicable a la actio communi dividundo 720 . . De esta manera, cuando u...
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