RECURSO ADMINISTRATIVO. T3. LIQUIDACIONES. COMPETENCIA. El presente proceso contencioso-administrativo revisa el Acuerdo del Tribunal Económico-Administrativo Regional del País Vasco de 30 de septiembre de 2002, que en reclamación 20-148/02, declaró la incompetencia de dicho Orden, por razón de la materia, para conocer de liquidaciones practicadas por la Autoridad Portuaria de Pasajes en concepto de Tarifa T-3. La conclusión que antecede es absolutamente determinante de la solución de este litigio. Las tasas son tributos (Art. 26-1-a de la Ley General Tributaria) y como tales sometidas a la reserva de ley por tratarse de una prestación patrimonial de carácter público (Art. 31-3 de la Constitución) y así venir exigido en el Art. 10 de la Ley General Tributaria. Esta exigencia solo se cumple parcialmente en el caso de autos. Si bien la Tarifa G-3 fue creada por Ley (Ley 1/1966 y Ley 18/1985) donde se fijan el hecho imponible, el sujeto pasivo, la base, el devengo y las exenciones; sin embargo, su cuantificación, ha venido haciéndose por órdenes ministeriales, de la que es último exponente la aquí impugnada de 17 de marzo de 1992. Hemos visto que el Tribunal Constitucional ha declarado que la reserva de ley en materia tributaria exige que la creación "ex novo" de un tributo y la determinación de los elementos esenciales o configuradores del mismo debe llevarse a cabo mediante una ley, pero se trata de una "reserva relativa", en la que, aunque los criterios o principios que han de regir la materia deben contenerse en una ley, resulta admisible la colaboración del reglamento, colaboración que puede ser especialmente intensa en la fijación o modificación de las cuantías, siempre que sus parámetros fundamentales también estén contenidos en la ley. De esta manera resulta que la liquidación practicada al amparo de una cuantificación de la tasa por Tarifa G-3 hecha en Orden ministerial - como aquí ocurre- ha de considerarse nula, habida cuenta de que este elemento de l...
... partes en dicho recurso: como recurrente ACERALIA PERFILES ZARAGOZA S.A. ,representado por el Procur... MERCANTIL ACERALIA LARGOS PERFILES BERGARA, S.A., CONTRA ACUERDO DEL TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMI...
☞ Sentencia Favorable a: Administración