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ACCIÓN DECLARATIVA DE DOMINIO. USUCAPIÓN. BUENA FE EN LA POSESIÓN. El litigio versa sobre si la propiedad de unas fincas pertenece en exclusiva a quien figura como su titular registral, o por el contrario una tercera parte del dominio de las mismas fincas pertenecía a su hermano ya fallecido, en cuyos derechos se habrían subrogado los integrantes de su comunidad hereditaria. El problema no era tanto el de la buena o mala fe de la hoy recurrente en relación con el poder de disposición de la persona que le transmitió formalmente los bienes cuanto el del concepto en que la hoy recurrente poseía dichos bienes, que frente a sus hermanos no podía ser el de dueña exclusiva porque no se tiene esta condición cuando los bienes se poseen en calidad de condueño. Para que la finca propiedad común pueda ser usucapida por uno o más condueños frente a otro u otros es necesario que aquellos ejerciten su posesión precisamente en concepto de dueños, lo que comporta el carácter exclusivo de la posesión a título de dominio, de modo que cuando se ejerce un dominio en concepto de copropiedad, no de propiedad exclusiva, se da una situación de copropiedad incompatible con la usucapión. Se desestima el recurso de casación.
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ACCION DECLARATIVA DE DOMINIO. No concurre ninguno de los presupuestos; se ha declarado probado que el precio lo pagó efectivamente la que figura como compradora.
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Proceso civil › Acciones procesales civiles › Acción declarativa de dominio › Título y prueba del dominio
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... de caducidad de cuatro años para las acciones de nulidad, que se unifica con los plazos de otras...1. La acción declarativa de la indignidad o inhabilidad sucesorias caduca u... de producir la consolidación del dominio conjuntamente con lo que el causante le lega. 3. S...
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ACCION DECLARATIVA DE DOMINIO. La disposición derogatoria de la Ley 29/1985, 2 de agosto , no sólo deroga la legislación anterior como situación de hecho que elimina, sino que establece un régimen general de las aguas continentales contrario a ésta. La normativa a todo el sistema hidráulico continental queda uniforme y establece el dominio público de las aguas, acorde con el principio constitucional que declara que corresponde a la ley determinar los bienes de dominio público (artículo 133 .2 ) y éstas son disposiciones que establecen un régimen general y uniforme. En primera instancia se desestima la demanda. Se estima la apelación. Se desestima la casación.
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
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ACCIÓN DECLARATIVA DE DOMINIO. CANCELACION DE LA INSCRIPCION CONTRADICTORIA. El que el título de los demandados no se haya declarado nulo, no es obstáculo para la cancelación de la inscripción registral, porque no es nulo sino que se trata de una venta de cosa ajena que obtuvo una inscripción disconforme con la realidad jurídica extra registral. En primera instancia se estima parcialmente la demanda. Se estima casación.
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ACCION DECLARATIVA DE DOMINIO. El artículo 623 del Código Civil, según el cual la donación se perfecciona desde que el donante conoce la aceptación del donatario (motivo 3°) y el 633.3 sobre la necesidad de notificación en forma auténtica al donante de la aceptación del donatario cuando ésta no se hiciere en la misma escritura de donación. La sentencia impugnada ha considerado con acierto que tales preceptos no eran de aplicación al no encontrarnos ante un negocio jurídico de donación de carácter civil, citando al efecto la sentencia de la Sala 3° de este Tribunal en el sentido de que "las disposiciones del Código Civil en materia de obligaciones o de donaciones, que se invocan y fundamentan el motivo, resultan inaplicables a las cesiones gratuitas de suelo impuestas coactivamente en Derecho Urbanístico, con ocasión de la ejecución del planeamiento" ; a lo que añade la Audiencia el dato de que el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 20 de abril de 1983 se refiere a "aceptar la cesión de derecho en pleno dominio y libre de cargas de los terrenos de cesión obligatoria", y el hecho de que la misma Corporación, en sesión celebrada el 15 de mayo de 1992, no admitió la anulación de la cesión gratuita y obligatoria realizada; acuerdo que fue recurrido por los interesados en reposición extemporáneamente sin que fuera seguido del correspondiente recurso contencioso administrativo, no resultando procedente ahora su revisión por el orden jurisdiccional civil. En primera instancia se desestima la demanda. Se desestima la apelación. Se desestima la reconvención.
☞ Sentencia Favorable a: Propietario, Recurrido
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... de la propiedad regulada por el Código Civil se reglamenta la propiedad del espacio urbano y de...
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Acciones protectoras del dominio. Acción reivindicatoria. Acción publiciana. Acción declarativa de dominio. Acción negatoria. Facultades inherentes al derecho de propiedad.
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ACCIÓN DECLARATIVA DE DOMINIO. El juez esta autorizado, mas no es una obligación del mismo utilizar la prueba de presunciones. Cuando el Juzgador de instancia no hace uso de las presunciones para fundamentar su fallo y sí de lo que resulta de las pruebas directas obrantes en los autos, no infringe ninguna norma. En primera instancia se estima demanda. Se estima apelación. Se desestima casación.