abuso sexual codigo penal

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6.377 documentos para abuso sexual codigo penal
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    ... Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales          CAPÍTULO I. De las agresiones... De los abusos sexuales          CAPÍTULO II Bis. De ...

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    DELITO DE ABUSO SEXUAL. DELITO CONTINUADO. Se reclama contra la sentencia que absuelve al acusado del delito continuado de exhibición de material pornográfico a menor y lo condena como autor de un delito continuado de abuso sexual a un menor con prevalimiento y como autor responsable de dos delitos de abuso sexual con acceso carnal. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 74.1 del Código Penal, al establecer el hecho probado la identidad absoluta de sujeto activo y pasivo, la identidad de las circunstancias que facilitaron la ejecución de los múltiples actos de abuso, la indeterminación de fechas en que se ejecutaron los diversos actos, y la homogeneidad de éstos, pese a la singular gravedad de dos de ellos, es claro que concurren los presupuestos de la continuidad que aquel precepto contempla. La excepción de los delitos de esta naturaleza, en cuanto a la exclusión de continuidad en los ataques a bienes eminentemente personales, prevista en el apartado 3 de dicho artículo 74 del Código Penal, permite establecer que todos los abusos referidos como probados, estaban en dicha relación de continuidad a los efectos de aplicación de la pena, sin que la naturaleza del hecho sea objeción al respecto. Se hace lugar al recurso de casación.

  • Abuso sexual fraudulento. Reforma.

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    ... De las obligaciones con cláusula penal          CAPÍTULO IV. De la extinción...2. La ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo. T... integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos o ...

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    DELITO CONTRA LA INTEGRIDAD MORAL. ABUSO SEXUAL. AGRESIÓN SEXUAL. ELABORACIÓN DE MATERIAL PORNOGRÁFICO. Estamos ante un delito continuado de agresión sexual de los artículos 178, 179 y 74 del Código Penal. Ya que podemos apreciar una pluralidad de actos sobre la misma víctima, que en su absoluta objetividad ponen claramente de manifiesto una inequívoca intencionalidad sexual, o lo que es igual, una intención libidinosa o ánimo lúbrico; actos que se prolongan durante un tiempo dilatado y de forma regular; siempre el menor bajo la presión previa de una situación intimidante creada por su autor, que no dudó en amenazarle con publicar sus vídeos, de la masturbación, diciéndole además pertenecer a una organización o mafia serbia dedicada a captar niños; diciéndole que colgaría sus distintas fotos o vídeos en Internet; o que colgaría sus fotos en los alrededores de su casa. Estamos ante una misma situación intimidatoria o elemento intimidatorio y coactivo sostenido en el tiempo, que en el caso concreto se demostró eficaz y suficiente para inhibir la resistencia u oposición que pudiera plantear el menor. Se condena al acusado como autor de un delito continuado de abuso sexual, de elaboración de material pornográfico, de agresión sexual y de amenazas.

  • Los expertos han celebrado las jornadas "Reformas del Código Penal de 2010".

    ... el caso de los delitos contra la libertad sexual, como el abuso sexual, la agresión sexual o la co...

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    ABUSO SEXUAL. DELITO CONTINUADO. El artículo 74 del Código Penal, que regula la continuidad delictiva como modalidad legal y no meramente jurisprudencial, como sucedía antes de la vigencia del actual Código Penal, impone al delito continuado la sanción señalada para la infracción más grave que se impondrá en su mitad superior, pudiendo llegar hasta la mitad inferior de la pena superior en grado. Esta es la regla general, estableciéndose especialidades para los delitos contra el patrimonio a los que se impone la pena teniendo en cuenta el perjuicio total causado y los delitos contra bienes eminentemente personales, en los que el legislador se limita a decir que se tendrá en cuenta la naturaleza del hecho y del precepto infringido para aplicar la continuidad delictiva. En primera instancia se condena al acusado. Se estima la casación.

    ☞ Sentencia Favorable a: Acusado, Recurrente

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    La tesis que se esgrime por la parte recurrente consiste en calificar el hecho conforme a la regulación del Código Penal de 1995 ya que, se alega, el estupro ha quedado despenalizado, por lo que debería aplicarse el nuevo artículo 181.1 del Código Penal de 1995 . Esta tipificación deriva de la ausencia de violencia o intimidación que la sentencia afirma en estos hechos por lo que, dada la pena, no superior a tres años de prisión y multa, debe considerarse prescrito. Sin necesidad de acudir a esta singular construcción, es lo cierto que, como también estima el Ministerio Fiscal, cuando apoya este motivo, los hechos atribuidos como ocurridos cuando la hija Angelina tenía entre 12 y 18 años fueron calificados como un delito continuado de estupro bajo la vigencia del Código Penal de 1973 . Ese hecho, al no describir ningún acceso carnal, debió ser calificado como delito continuado de abuso sexual, cuya pena, conforme al artículo 430 del Código Penal de 1973 , era, como en el caso del estupro, de prisión menor. Y, en todo caso, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 113 del mismo Código Penal la prescripción ocurrió por el transcurso de cinco años, tiempo -desde marzo de 1996, en que Angelina cumplió los 18 años de edad- que había transcurrido cuando fue iniciada la causa. Asimismo se afirma que la continuidad delictiva exige el mismo marco temporal y espacial para las plurales acciones tipificables todas como delito contra la libertad sexual.

  • ... cometidos contra la libertad e indemnidad sexual de menores de trece años, delitos referentes a or..., del Capítulo II bis denominado «De los abusos y agresiones sexuales a menores de trece años». ...

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    DELITO DE ABUSO DE AUTORIDAD. TRATO DEGRADANTE O INHUMANO A UN INFERIOR. CONSENTIMIENTO. La actuación del Brigada practicando tocamientos en un muslo y en los órganos genitales a la Soldado, estos últimos hasta por dos veces, no puede ser interpretada sino como una acción contraria a la voluntad inequívoca de esta última, sin que la inferencia que lleva a cabo el Tribunal de instancia dando por acreditada la aceptación por la víctima de la lasciva conducta llevada a cabo sobre ella por su superior jerárquico sea lógica, racional o conforme a las reglas de la experiencia o la sana crítica, resultando, por ello, arbitraria, por lo que, se estima conculcado por ello el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva proclamado por el artículo 24.1 de la Constitución. Estima la Sala, que la conducta del Brigada reúne unos caracteres de marcada gravedad, de un nivel más que suficiente para considerar que produjo con ella a su víctima un efectivo trato degradante, que aquella hubo de vivenciar como intrínsicamente humillante, vergonzoso, deshonroso, infamante, envilecedor, vejatorio y desagradable, y que indudablemente supuso un atentado contra su integridad moral o dignidad, al ser humillada, avergonzada, rebajada y envilecida, comportando, en definitiva, una clara conculcación de los derechos fundamentales contemplados en los artículos 10.1 y 15 de la Constitución. Se condena al procesado como autor de un delito consumado de abuso de autoridad, en su modalidad de trato degradante a una inferior, previsto y penado en el artículo 106 del Código Penal Militar.

    ... de la Soldado Emma a la actuación sexual que sobre ella llevó a cabo el Brigada Adrian res...



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